El TS cambia su doctrina y rechaza que los contratos temporales puedan extenderse en el tiempo sin más justificación que la duración de la contrata.
Debe aplicarse cuando hay una actuación para aminorar los perjuicios materiales, pero no si se orientan a convencer a los perjudicados de que las inversiones eran reales.
La invocación genérica de la necesidad de cubrir los permisos, licencias y vacaciones de la plantilla no justifica la utilización de ese contrato.
El devengo del IIVTNU en las donaciones mortis causa se produce en la fecha de fallecimiento del donante.
Si se desconoce la capacidad económica del alimentante puede acudirse a signos precedentes para determinarla.
Es válido el contrato aun cuando el precio de la compraventa no esté determinado.
Existe desviación de poder al obstruir el ejercicio de una competencia estatal.
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