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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
10 de julio de 2024

¿Es accidente de trabajo un infarto en los vestuarios antes de fichar?

Para aplicar la presunción de laboralidad, el trabajador ha de estar en su puesto de trabajo y realizar algún tipo de actividad o esfuerzo.

Un operador de una empresa de servicios de combustible para aviación sufre un infarto a las 7:50 h en los vestuarios mientras se calza las botas de seguridad y fallece. Su turno comenzaba a las 8:00 h. Esta acción la realizaba habitualmente antes de entrar a las oficinas, ubicadas enfrente, dentro del mismo módulo, donde fichaba para empezar su jornada laboral.

Años antes, se le había diagnosticado una miocardiopatía, por la cual estaba medicado y se sometía a controles anuales. La última revisión mostró resultados normales, salvo un leve empeoramiento de su condición cardíaca.

Su esposa solicitó al INSS la pensión de viudedad y el auxilio por defunción por accidente laboral. La solicitud se remitió a la mutua, que la denegó, argumentando que el fallecimiento se debía a una enfermedad común. El asunto llegó al JS, que desestimó la demanda. La esposa recurrió en suplicación ante el TSJ, que falló a su favor, responsabilizando a la mutua y, subsidiariamente, al INSS.

La empresa interpuso recurso de casación para unificación de doctrina, cuestionando si un infarto en los vestuarios antes de fichar y comenzar el turno puede considerarse accidente de trabajo.

El TS consideró correcta la doctrina de la sentencia de contraste citada por la empresa. Según esta, para aplicar la presunción de laboralidad (LGSS art.156.3), no basta con que el trabajador esté en los vestuarios. El término «tiempo de trabajo» implica que el trabajador esté en su puesto, realizando alguna actividad o esfuerzo (ET art.34.5). Por lo tanto, el infarto debe calificarse como enfermedad común (TS 14-7-06, EDJ 277456). Las sentencias posteriores de la misma Sala reiteran que, para que un accidente en los vestuarios se considere accidente de trabajo, es necesario haber fichado e iniciado la jornada laboral.

El TS también consideró la dolencia previa del trabajador y su empeoramiento.

Finalmente, el TS concluyó que el trabajador no estaba a disposición del empleador en el momento del infarto, ya que no se dedicaba a actividades decididas libremente, en línea con la Directiva (Dir 2003/88/CE) y la doctrina del TJUE sobre tiempo de trabajo.

STS (SOCIAL) DE 22 MAYO DE 2024. EDJ 2024/571592

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¿Es accidente de trabajo un infarto en los vestuarios antes de fichar?

Para aplicar la presunción de laboralidad, el trabajador ha de estar en su puesto de trabajo y realizar algún tipo de actividad o esfuerzo.

10/07/2024
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