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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
4 de abril de 2024

Utilización de trastero como plaza de garaje

Está llevando a cabo una actividad prohibida y contraria a la regulación administrativa y a la de propiedad horizontal.

La comunidad de propietarios había sido autorizada por el ayuntamiento para disponer de un cierto número de plazas para coches y trasteros. Sin embargo, un miembro de la comunidad empezó a estacionar dos vehículos, ocupando tanto su plaza asignada como el trastero, después de que el dueño anterior, de quien compró las propiedades, hubiese eliminado la pared que los separaba sin el consentimiento de los demás propietarios.

Este comportamiento se mantuvo a pesar de que el anterior dueño había dejado de hacerlo después de recibir un aviso de la comunidad y que la agencia inmobiliaria encargada de la venta había sido notificada de la necesidad de comunicar este detalle: la transacción incluía una plaza de aparcamiento y un trastero, tal y como figuraba en la escritura, y no dos plazas de aparcamiento.

En primera instancia, se consideró que esta práctica ilegítima comprometía la seguridad para la que se había otorgado la licencia de apertura, pudiendo afectar los derechos del resto de los vecinos en caso de necesidad de usar el seguro comunitario, establecido para un número específico de plazas y trasteros. No obstante, en la apelación se aceptó este uso con el argumento de que otros propietarios hacían lo mismo sin oposición de la comunidad.

El Tribunal Supremo respalda la petición de la comunidad, señalando que los acusados no solo se apropiaron de una plaza de estacionamiento sin aprobación comunitaria, sino que también violaron las condiciones bajo las cuales el ayuntamiento había concedido la licencia para operar el estacionamiento como parte del edificio de viviendas.

Esta acción, no permitida, transgrede las normativas sobre actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas estipuladas en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, aplicable en este caso.

El argumento de que otros vecinos también estacionan de esta manera no justifica que los acusados actúen al margen de la ley, pues si creen ser objeto de discriminación o de un abuso de derecho por parte de la comunidad, algo que no han alegado en ningún momento del proceso, tienen la opción de recurrir a las instancias judiciales disponibles para defender su caso.

Por tanto, el TS estima el recurso de la comunidad de propietarios al aceptar contra la sentencia de la Audiencia que autorizaba a un vecino a emplear un trastero como si fuera una plaza de aparcamiento.

STS (CIVIL) DE 23 FEBRERO DE 2024. EDJ 2024/512202

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Utilización de trastero como plaza de garaje

Está llevando a cabo una actividad prohibida y contraria a la regulación administrativa y a la de propiedad horizontal.

04/04/2024
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