El interés de los menores reside, como regla general, en el fortalecimiento de estos vínculos, salvo circunstancias excepcionales que lo perturben.
Se suspende el régimen de visitas de un padre por entender que los “desajustes psicológicos” que aquel padece en la actualidad no le permiten afrontar, de forma flexible y adaptativa, su rol paterno.
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