Los grupos parlamentarios de la oposición defenderán este miércoles en el Pleno del Senado las enmiendas introducidas al proyecto de ley que regula una subida de tasas en la Administración de Justicia, de entre 50 y 750 euros, en las que piden suprimir su imposición el orden Social y proponen la exención del pago en las demandas que se interpongan por impago de alquileres.
El proyecto que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses se tramita por el procedimiento de urgencia y llega al Pleno del Senado, después de que saliera adelante en el Congreso de los Diputados con los únicos votos del PP en una sesión en la que la oposición se ausentó del momento de la votación.
La Cámara Alta debatirá las iniciativas presentadas por los grupos y, en el caso de incluir alguna modificación, remitirá el texto al Congreso de los Diputados para su ratificación. El proyecto incluye una enmienda que suprime la paga extraordinaria de Navidad para jueces y fiscales.
Si el Senado opta por dejar intacta la norma, ésta se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor este mes de noviembre. Se cumplirían así las previsiones del Ministerio de Justicia de que la norma esté plenamente vigente el próximo año.
Los grupos de la oposición exigen mayoritariamente en sus enmiendas, recogidas por Europa Press, la supresión de la tasa en el orden Social y la exención del pago para las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro. Además, sugieren una rebaja generalizada de las tasas propuestas.
Las subidas más destacadas que introduce la nueva ley se producen en los casos de apelación del ámbito Civil y Contencioso-Administrativo, que se incrementan en 500 euros, y en la casación de esos mismos órdenes, que pasan de 600 a 1.200 euros.
Control de fraude en Justicia Gratuita
El PSOE en el Senado reclama la supresión de la tasa en el orden Social y prevé que sea exigible por igual en todo el territorio del Estado en lo relativo a los órdenes civil y contencioso-administrativo. Aboga por establecer un criterio modulador para las sociedades con ánimo de lucro en función de su volumen.
Por su parte, CiU pide incluir los supuestos de familia y sucesiones, así como los recursos presentados por las entidades sin ánimo de lucro o aquellas total o parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades.
Igualmente, pide que no paguen tasa aquellas personas físicas que presenten demanda de desahucio que derive del pago de las cantidades adeudadas siempre y cuando la renta mensual que corresponde sea inferior a 700 euros mensuales.
La justificación es que estos demandantes son personas cuyos ahorros están invertidos en un inmueble, y a los que la tasa puede desincentivar de sus pretensiones. Se busca incrementar el parque de alquilar y facilitar así el acceso a la vivienda.
El grupo catalán reclama también que el Ministerio transfiera de lo obtenido por las tasas a cada comunidad autónoma el 40% de lo ingresado en su territorio por este concepto.
En esta línea, el Grupo Vasco (EAJ-PNV) sugiere el establecimiento de una exención para los desahucios instados por personas físicas ante la falta de pago de las rentas o cantidades asimilables adeudadas.
A su juicio, se hace también necesario un mecanismo de control previo para evitar situaciones de abuso o fraude de la Ley ante el previsible aumento de peticiones para acceder a la Justicia Gratuita.
El Grupo Vasco insta a incluir en el articulado que las tasas se apliquen "sin perjuicio de las previsiones del Concierto Económico de la Comunidad autónoma de Euskadi y el Convenio Económico de la Comunidad Foral de Navarra".
Más bonificación en tramitación telemática
En términos generales, los grupos piden ampliar la bonificación del 10% de la tasa cuando los escritos se presenten por vía telemática y reclaman la exención total cuando la cuantía del procedimiento no supere los 3.000 euros.
En relación con el orden Social, el Grupo Mixto y la Entesa ven como una cuestión "irrenunciable" la exención y consideran "inaceptable" introducir esta cuantía teniendo en cuenta los intereses que están en juego en los procesos laborales.
"Resulta injustificado considerar de diferente manera la situación de los funcionarios públicos que acudan a los tribunales en asuntos propios de personal –excluidos de la tasa– con respecto a la de los trabajadores asalariados — sometidos a la tasa en el ámbito que prevé la ley–", señala el Grupo Mixto, para precisar que los funcionarios deben librarse del pago en todos los recursos que afecten a cuestiones de personal.
Estos grupos consideran de una "gravedad trascendental" y, sobre todo en un momento de crisis económica, que la norma aplique la tasa de forma "indiscriminada" a las personas físicas, sin tener en cuenta su capacidad económica. El proyecto de ley establece que no paguen sólo aquellos que vean reconocido su derecho a la asistencia jurídica gratuita.
El Grupos Mixto pide también la exclusión del pago para las personas jurídicas con una finalidad de interés público y las empresas de reducida dimensión. "Sólo las empresas de gran dimensión que, por su propia entidad tienen medios económicos suficientes para contribuir al gasto judicial, deben asumir el pago de la tasa judicial", agrega.
El Congreso de los Diputados eximió a los trabajadores del pago del 60 por ciento de la tasa prevista en los recursos de suplicación y casación en el orden Social. Además, liberó del pago a los procedimientos verbales o monitorios cuando la cuantía de la reclamación sea inferior a 2.000 euros.
Esta norma ha recogido la crítica de los agentes jurídicos y contra ella se manifestaron este lunes más de 12.000 abogados ante las sedes judiciales o colegiales de toda España al entender que la norma "consagra una justicia para ricos y otra para pobres, impidiendo el acceso a la justicia a un gran número de ciudadanos".
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