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Redactado por: EUROPA PRESS
13 de diciembre de 2012

Justicia y Sanidad revisan las edades mínimas de los menores para trabajar y emanciparse

Los ministerios de Justicia y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad revisan, dentro de la reforma del Código Civil, las edades mínimas requeridas para determinados actos, como la posibilidad de trabajar o emanciparse, ambas establecidas en España a los 16 años, además de para contraer matrimonio (14 años), mantener relaciones sexuales consentidas (13 años) o la obligación de declarar ante un juez.

Así lo ha avanzado el titular de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, durante la presentación del ‘III Foro de Buenas prácticas para la mejora de la atención a los niños y adolescentes en el ámbito jurídico’, donde ha indicado que estos dos departamentos están revisando toda la normativa que atañe a los menores de edad que puede estar "obsoleta".

Gallardón también ha recordado que el Consejo de Ministros va a aprobar en las próximas semanas una Ley de Jurisdicción Voluntaria, donde se va a poner "especial celo" en garantizar los intereses de los menores, asegurando la presencia del Ministerio Fiscal en todos los procedimientos que les afecten. "Esto va a quedar especialmente reforzado mediante esta ley", ha apostillado.

Asimismo, y siguiendo una directiva del Parlamento Europeo sobre el reconocimiento de derechos a colectivos en situación de vulnerabilidad especial, el ministro ha señalado que el Gobierno va a reconocer en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita el derecho a recibirla a los menores de edad víctimas de abuso o de maltrato.

"Es una novedad importante en la legislación española", ha indicado, para añadir que esta ley se va a extender a los colectivos vulnerables, como personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, de terrorismo o de trata de seres humanos.

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Justicia y Sanidad revisan las edades mínimas de los menores para trabajar y emanciparse

Los ministerios de Justicia y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad revisan, dentro de la reforma del Código Civil, las edades mínimas requeridas para determinados actos, como la posibilidad de trabajar o emanciparse, ambas establecidas en España a los 16 años, además de para contraer matrimonio (14 años), mantener relaciones sexuales consentidas (13 años) o la obligación de declarar ante un juez.

13/12/2012
Redactado por: EUROPA PRESS
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