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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
11 de mayo de 2017

Incapacitación parcial de psicópata y constitución de curatela

El TS confirma la incapacitación parcial de una persona con trastorno de personalidad mixto con rasgos antisociales y constituye curatela para obligarle a someterse a tratamiento psiquiátrico y a tomar medicación, pues aunque la incapacitación no cambia nada la titularidad de los derechos fundamentales, sí determina su forma de ejercicio, ya que se trata de una persona cuyas facultades volitivas e intelectivas no le permiten ejercer sus derechos al impedirle autogobernarse.

La sentencia de instancia estableció que el sujeto debía ser
considerado parcialmente incapaz y puesto bajo custodia de su padre debido a que,
aunque no carecía de sentido de la realidad, sí precisaba de control psiquiátrico,
además de negarse a tomar la medicación. La Audiencia solo modificó la custodia,
que fue asignada a su hermana, por la mala relación entre padre e hijo.

La Sala parte de la premisa de que la persona afectada sigue
siendo titular de sus derechos fundamentales, tratándose de una forma de protección
las cautelas que se imponen, y sin que sea una medida discriminatoria, dado que
la situación merecedora de la protección tiene características específicas y propias
y trata solamente de proteger única y exclusivamente a la persona afectada.

En el presente caso, dado el diagnóstico sostenido en el tiempo
sobre la personalidad del recurrente, es fácil constatar que los problemas y consecuencias
del «trastorno límite de la personalidad», «rasgos de trastorno paranoide de la
personalidad», «rasgos impulsivos y antisociales», tienen especial relevancia cuando
el sujeto no se encuentra controlado y con tratamiento psiquiátrico continuado,
por lo que la medida de apoyo que establece la sentencia recurrida, en orden a
las decisiones que afectan a la enfermedad del recurrente, se considera
beneficiosa para el paciente y acorde a la jurisprudencia de la sala.

Sí que discrepa la Sala en cuanto a la decisión de índole económica,
pues ninguna de las sentencias la justifican debidamente, echándose en falta los
concretos actos llevados a cabo por el recurrente de los que se pueda inferir ese
déficit de autogobierno y la necesidad de apoyo en su beneficio.

Además, para aplicar dicha medida se precisa un conocimiento
de la situación en que se encuentra esa persona en su vida diaria, y cómo se cuida
en esa faceta de su vida, para inferir si puede actuar por sí misma o necesita ayuda,
que no existe en el presente caso con lo que hay que presumir la capacidad del recurrente
para administrar sus bienes.

STS Sala 1ª de 4 abril de 2017. EDJ 2017/36406

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Incapacitación parcial de psicópata y constitución de curatela

El TS confirma la incapacitación parcial de una persona con trastorno de personalidad mixto con rasgos antisociales y constituye curatela para obligarle a someterse a tratamiento psiquiátrico y a tomar medicación, pues aunque la incapacitación no cambia nada la titularidad de los derechos fundamentales, sí determina su forma de ejercicio, ya que se trata de una persona cuyas facultades volitivas e intelectivas no le permiten ejercer sus derechos al impedirle autogobernarse.

11/05/2017
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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