La reforma fiscal del Gobierno, que será aprobada este viernes por el Consejo de Ministros para su remisión a las Cortes, mantiene así el porcentaje de exención existente en la actualidad para los caseros y rectifica respecto al recorte que estableció en el anteproyecto, con la finalidad de seguir fomentando el alquiler de vivienda.
Lo que no se va a rectificar es la eliminación de la exención total que existe actualmente para los arrendadores que alquilan su vivienda a inquilinos menores de 30 años, ni tampoco está previsto restablecer la deducción por alquiler de vivienda para los arrendatarios, de la que también disfrutan ahora los inquilinos con rentas inferiores a 24.100 euros.
Asimismo, el mínimo exento de la tributación de la indemnización por despido en el IRPF se elevará a 180.000 euros (frente a los 2.000 euros por año trabajado que se planteó primeramente) y se introduce otra novedad: los mayores de 65 años que vendan bienes y los destinen a una renta vitalicia no tributarán por las posibles plusvalías de dichas ventas.
En la misma línea, el proyecto de ley también incorpora otra mejora respecto al anteproyecto, relativa a la fiscalidad de los planes individuales de ahorro sistémico, al rebajar de diez a cinco años el periodo mínimo de tiempo de la inversión para beneficiarse de una menor fiscalidad en el IRPF.
Otras novedades en el Impuesto de Sociedades
Asimismo, incorporará otra novedad relativa a la deducción por inversión en I+D recogida en el Impuesto de Sociedades. Así, el valor de monetización que pueden llevar a cabo las empresas que realicen grandes inversiones en estas actividades pasará de 3 a 5 millones de euros.
También en este impuesto el Gobierno aprovechará la aprobación del proyecto de ley para mejorar la aplicación de la reserva de capitalización para las empresas. En concreto, el proyecto de ley establece como novedad, frente al borrador hecho público, que el límite a la compensación de las bases imponibles negativas en Sociedades se calculará sobre la base imponible existente antes de aplicar la nueva reserva de capitalización.
De esta manera, se hará posible ampliar el aprovechamiento de este incentivo fiscal al ahorro, que permite a las empresas destinar un 10% de sus beneficios a la citada reserva de capitalización, que no tributará.
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