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Redactado por: EUROPA PRESS
16 de octubre de 2013

El TC admite a trámite el recurso presentado contra la reforma del alquiler

El TC ha admitido a trámite el recurso presentado por el PSOE contra la Ley de flexibilización y fomento del mercado del alquiler al considerar que la decisión del Gobierno de suprimir los préstamos subsidiados para la compra o la rehabilitación de viviendas protegidas es contraria a la Carta Magna.

El TC ha dado traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que, en un plazo de 15 días, puedan personarse y formular alegaciones.

En concreto, el PSOE pide al Alto Tribunal que anule la disposición adicional segunda, que determina que se mantendrán las ayudas de subsidiación de préstamos estatales a la compra o a la rehabilitación que se vinieran percibiendo y las que hubieran sido reconocidas antes del 15 de julio de 2012 y que ya cuenten con la conformidad de Fomento al préstamo, "siempre que éste se formalice por el beneficiario en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de esta Ley".

Además, se suprimen el resto de ayudas de subsidiación al préstamo reconocidas dentro del marco de los Planes Estatales de Vivienda, y también se prohíbe admitir nuevos reconocimientos de ayudas de subsidiación de préstamos que procedan de concesiones, renovaciones, prórrogas, subrogaciones o de cualquier otra actuación protegida de los planes estatales de vivienda.

Esto supone que incluso quienes tienen concedidas estas ayudas y siguen cumpliendo los requisitos económicos y sociales para renovarlas no podrán hacerlo, por lo que dejarán de percibir las cuantías que hasta ahora se les descontaban de la mensualidad.

Cuatro vulneraciones

En el recurso, se argumenta la vulneración de cuatro preceptos constitucionales. Así, se apela en primer lugar al derecho a la vivienda (artículo 47 de la Constitución), que a entender de los socialistas queda conculcado con la eliminación de estas ayudas, ya que va en contra de la obligación de las administraciones de facilitar el acceso a un domicilio digno.

Además, se señala que los planes de vivienda que reconocían la subsidiación de préstamos no daban a la Administración la potestad de cancelar o dejar de renovar unilateralmente las ayudas en ningún supuesto, salvo que se dejaran de cumplir los requisitos, y la norma impugnada rompe asimismo con el "criterio constante de mantenimiento de las situaciones jurídicas preexistentes" que se ha conservado plan tras plan.

En este mismo sentido, el recurso del PSOE recuerda que las condiciones del préstamo hipotecario son una de las cuestiones fundamentales a la hora de decidirse por una opción u otra, lo que se hace "con una programación económica a largo plazo", con lo que modificar unilateralmente esas condiciones deja a los afectados en una situación de "inseguridad" que se agrava además porque ellos sí deben cumplir unas ciertas obligaciones por tratarse de viviendas protegidas, como no poder alquilar el piso ni venderlo antes de diez años, y entonces hacerlo al precio que marque la Administración.

En segundo lugar, el PSOE apela al carácter retroactivo de esta medida, que tiene un impacto en la seguridad jurídica, tal y como ha argumentado en diversas sentencias el Tribunal de Justicia de la UE y del propio TC, que en diversos fallos reconoce que "las disposiciones restrictivas de derechos individuales y sanciones no favorables no pueden ser retroactivas" y que el legislador tiene "obligación" de garantizar la seguridad jurídica.

Además, esta retroactividad conculca también, según los socialistas, el artículo 33 de la Constitución, relativo al derecho de los bienes, que dice que "nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes". Sin embargo, eliminar, apuntan, las ayudas supone "expropiar" un "derecho en sentido estricto, generado y consolidado" sin respetar las condiciones necesarias para hacerlo.

Finalmente, los socialistas recurren en relación con el procedimiento de tramitación seguido para incluir este cambio en la Ley de Fomento del Alquiler, ya que se hizo a través de una enmienda en el Senado y "hurtando" el debate en la Cámara Baja sobre la medida.

Más de 300.000 afectados

Según las asociaciones de afectados, las 300.000 personas aproximadamente que verán eliminados sus préstamos subsidiados deberán pagar entre 200 y 400 euros más cada mes. A ellos se suman todos los que ni siquiera podrán optar a esta ayuda, que fue suprimida a mediados de 2012.

Los préstamos subsidiados son una ayuda del Estado contemplada en los diferentes planes de vivienda que, previo convenio con las entidades financieras, descargaba del pago de los intereses por la cuota de compra o rehabilitación de la vivienda de protección oficial, siempre que se cumplieran unos niveles de ingresos económicos familiares máximos.

Tres semanas después de llevar al Tribunal Constitucional la Ley Antidesahucios, los socialistas volverán al alto tribunal y con este texto acumulan ya más de una docena de recursos contra leyes nacionales y autonómicas en esta legislatura.

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El TC admite a trámite el recurso presentado contra la reforma del alquiler

El TC ha admitido a trámite el recurso presentado por el PSOE contra la Ley de flexibilización y fomento del mercado del alquiler al considerar que la decisión del Gobierno de suprimir los préstamos subsidiados para la compra o la rehabilitación de viviendas protegidas es contraria a la Carta Magna.

16/10/2013
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