LEFEBVRE
Acceso clientes
  • Laboral
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
8 de abril de 2017

Efectos de acuerdos individuales frente a pacto colectivo

El TS declara que es nula la conducta empresarial que consiste en llevar a cabo un plan de bajas incentivadas a través de pactos individuales porque atenta contra el derecho a la negociación colectiva, ya que modifica lo pactado con carácter general en el convenio colectivo aplicable.

​​​​​

Una empresa lleva a cabo un plan de bajas voluntarias incentivadas a través de pactos individuales. Con anterioridad, esta empresa suscribió un acuerdo colectivo en el que se obligaba a negociar con las organizaciones sindicales las medidas a adoptar antes de abordar cualquier proceso de reordenación o reestructuración de la plantilla de carácter colectivo, constituyendo este plan una de esas medidas. Los sindicatos la impugnan por considerarla una violación del derecho a la libertad sindical en su vertiente del derecho a la negociación colectiva.

Señala la Sala que la voluntad individual de los trabajadores, manifestada por la aceptación voluntaria de una oferta formulada por la empresa, no puede modificar el contenido de lo pactado con carácter general en el convenio colectivo aplicable, ya que supone una vulneración del derecho a la negociación colectiva. De lo contrario, de prevalecer la autonomía de la voluntad individual de los trabajadores sobre la autonomía colectiva plasmada en un convenio legalmente pactado entre los sindicatos y la representación empresarial, quebraría el sistema de negociación colectiva configurado por el legislador.

Tampoco se puede admitir que el convenio colectivo permanece vigente, pues su contenido no se altera para aquellos trabajadores que no acepten la oferta de la empresa, porque ello significaría la ruptura de la fuerza vinculante y el carácter normativo que tienen legalmente reconocido los pactos sustanciales del convenio.

STS Sala 4ª de 11 octubre 2016. EDJ 2016/202707

Fuente: Actualidad Mementos Social

 

  • Laboral

Efectos de acuerdos individuales frente a pacto colectivo

El TS declara que es nula la conducta empresarial que consiste en llevar a cabo un plan de bajas incentivadas a través de pactos individuales porque atenta contra el derecho a la negociación colectiva, ya que modifica lo pactado con carácter general en el convenio colectivo aplicable.

08/04/2017
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
0 comentarios