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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
27 de marzo de 2025

Tributación de rendimientos del trabajo procedentes de empresa extranjera

Las cotizaciones a la Seguridad Social efectuadas en otros países de la Unión Europea, en sistemas equivalentes al español, son deducibles en IRPF.

Un trabajador que desempeña sus funciones en remoto para una empresa ubicada en Italia y que no ha tenido retenciones de IRPF en su nómina italiana, consulta a la Dirección General de Tributos (DGT) sobre cómo debe declarar sus rendimientos del trabajo en la declaración de la renta en España, si por los importes netos o los brutos que figuran en las nóminas. La DGT responde recordando que:

  1. Los rendimientos dinerarios del trabajo se deben computar por el importe bruto devengado. Como norma general, se deben incluir en su totalidad en la declaración, a menos que sea aplicable algún porcentaje de reducción establecido en la normativa del impuesto (LIRPF art.18.2 y 3).
  2. Una vez determinado el importe íntegro de los rendimientos del trabajo, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) permite deducir ciertos gastos considerados deducibles, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social (LIRPF art.19.2.a). La deducibilidad de estas cotizaciones está condicionada a que estén relacionadas con el trabajo por el cual el contribuyente tributa.

Además, cualquier mención en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a la Seguridad Social debe interpretarse como referida también a sistemas públicos equivalentes de otros países (DGT CV 18-7-2017 EDD 2017/194956; CV 2-7-2018 EDD 2018/119878).

Por lo tanto, si las cotizaciones a la Seguridad Social están directamente vinculadas a los rendimientos íntegros del trabajo que se declaran en el IRPF, estas cotizaciones se consideran un gasto deducible para la determinación del rendimiento neto del trabajo.

Así, el trabajador deberá incluir en su declaración de la renta en España los importes brutos de sus rendimientos del trabajo y podrá deducir las cotizaciones a la Seguridad Social que haya abonado en Italia, siempre que estén directamente relacionadas con los ingresos por los que tributa.

Cons. DGT V2214/2024 de 15 octubre de 2024. EDD 2024/742965

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Tributación de rendimientos del trabajo procedentes de empresa extranjera

Las cotizaciones a la Seguridad Social efectuadas en otros países de la Unión Europea, en sistemas equivalentes al español, son deducibles en IRPF.

27/03/2025
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