El 21 de marzo de 2023, una empleada de una compañía de cosméticos recibe una notificación de despido disciplinario por violación de la confianza contractual y mal uso de tarjetas de fidelización. Ese mismo día, la encargada de recursos humanos y el gerente del establecimiento se reúnen con la empleada para detallarle las acusaciones y solicitar su explicación.
Tras impugnar el despido, el juzgado de lo social lo considera justificado, fallo que es ratificado en la instancia de apelación. El TSJ valida que se han observado los requisitos formales del despido, incluida la posibilidad de defensa previa, y que se ha mantenido una relación proporcional entre la sanción del despido y la gravedad de la falta cometida.
En primer lugar, el tribunal reconoce que la conducta de la empleada, que asignó compras de otros clientes a la tarjeta de fidelización de una clienta para acumular puntos canjeables por premios, representa una violación de la confianza contractual y una falta grave a las normativas internas de la empresa, lo cual justifica el despido.
El tribunal también afirma que se ha cumplido con el mandato del artículo 7 del Convenio OIT núm. 158, que estipula otorgar al empleado cuyo contrato se va a terminar por razones disciplinarias, la oportunidad de defenderse de las acusaciones.
El Convenio no especifica cómo debe llevarse a cabo esta defensa ni la presentación de las acusaciones, ni requiere un plazo para formular argumentos. Lo esencial es que las acusaciones se comuniquen al empleado de manera clara y que se le proporcione una oportunidad real de defensa.
Por lo tanto, el TSJ Extremadura concluye que se ha protegido adecuadamente el derecho de defensa previo al despido, habiéndose comprobado, mediante el testimonio de la parte, que antes de la entrega de la notificación de despido, los representantes de recursos humanos de la empresa se reunieron con la empleada para presentarle las acusaciones y darle la oportunidad de justificar su conducta.
STSJ Extremadura (Social) de 14 octubre de 2024. EDJ 2024/729498
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