El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha determinado que una dimisión comunicada por un trabajador a través de un mensaje de WhatsApp en un grupo de compañeros de trabajo es válida, incluso si posteriormente el mensaje es borrado y el trabajador se da de baja por incapacidad temporal (IT) al día siguiente.
La validez de la dimisión se mantiene siempre que la conducta posterior del trabajador no desmienta la intención de dimitir ni comunique un arrepentimiento o la intención de continuar en su puesto de trabajo antes de que la empresa formalice la baja.
En el caso en cuestión, la trabajadora, que ocupaba el puesto de jefa de cocina, comunicó su intención de marcharse tras un preaviso de 15 días a través de un mensaje en el grupo de WhatsApp de la empresa, mensaje que luego borró. Esa misma noche, entregó las llaves y pidió a un compañero que recogiera sus pertenencias. Al día siguiente, inició una baja por IT.
Posteriormente, la empresa le envió un correo electrónico con la carta de renuncia y documentos de liquidación, a lo que la trabajadora respondió negando haber presentado la renuncia, aunque luego solicitó información sobre sus nóminas y la recuperación de sus pertenencias.
El TSJ sostiene que para que una dimisión sea válida, debe existir una voluntad clara y terminante por parte del trabajador de extinguir la relación laboral, y que esta voluntad puede manifestarse a través de conductas que no dejen margen a dudas sobre la intención de abandonar el puesto. En este caso, la entrega de las llaves y la marcha de la trabajadora del lugar de trabajo fueron interpretadas como actos concluyentes de su voluntad de dimitir. Además, el Tribunal Supremo ha establecido que la dimisión no requiere una declaración formal y puede manifestarse a través de actos concluyentes.
Aunque la trabajadora negó posteriormente haber renunciado y se encontraba en situación de baja por IT, estos hechos no desvirtuaron la conclusión de que había dimitido voluntariamente. No hubo comunicación de arrepentimiento o intención de continuar en su puesto de trabajo hasta después de que la empresa formalizara la baja.
Por tanto, el TSJ considera que la trabajadora manifestó de manera clara y concluyente su intención de dimitir, y por tanto, valida la extinción del contrato laboral por dimisión voluntaria.
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