En 2016, las empresas que calculan sus pagos fraccionados según el sistema de bases deberán satisfacer una menor cuota. A partir de ahora, todas tributarán a un tipo fijo del 17%.
Tipo. Si su empresa calcula sus pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades según el sistema de bases, sepa que a partir de 2016 el tipo aplicable en estos casos se reduce. Apunte. Todas las empresas que tributan al tipo general del impuesto (incluidas las de reducida dimensión), tributarán a un tipo fijo del 17% sobre la base imponible de cada período de liquidación (es decir, el resultado de multiplicar por 5/7 el tipo general del 25%, redondeado por defecto).
Otros cambios. Además, desaparecen algunas especialidades que aumentaban el importe de los pagos a cuenta de ciertas empresas:
Sistema de cuota. Si su empresa factura hasta seis millones de euros al año y calcula sus pagos según el sistema de cuotas (satisfaciendo un 18% de la cuota a ingresar de la última declaración del IS), recuerde que en febrero puede presentar una declaración censal y optar por el sistema de bases (si el ejercicio de su empresa no coincide con el año natural, deberá ejercitar dicha opción durante los dos primeros meses del ejercicio, y siempre antes del fin del plazo para presentar el primer pago a cuenta). Apunte. Por lo tanto, haga una previsión de los beneficios que espera obtener durante el ejercicio y compruebe si, tras los cambios indicados en el sistema de bases, ahora es éste el que más le conviene.
Ejemplo. Su empresa –que factura menos de seis millones de euros–, prevé obtener en 2016 un beneficio mensual constante de 50.000 euros. Además, en junio espera percibir unos dividendos de 100.000 euros de una filial en la que ostenta el 100% del capital. Apunte. Si en 2014 su cuota a ingresar (casilla 599 de la declaración) fue de 200.000 euros y en 2015 de 190.000, optar por el sistema de bases le permitirá satisfacer 10.900 euros menos en sus pagos a cuenta de 2016:
Concepto | Sistema cuota | Sistema bases |
1er pago (abril) | 36.000 | 25.500 |
2º pago (octubre) | 34.200 | 51.000 (1) |
3er pago (diciembre) | 34.200 | 17.000 |
Total pagos | 104.400 (2) | 93.500 |
1. Los dividendos percibidos en junio no afectan al pago a cuenta, ya que en 2016 la exención por dividendos también es operativa a la hora de calcularlo.
2. La base del primer pago es la cuota a ingresar de 2014. La base del segundo y tercer pago a cuenta es la cuota a ingresar de 2015.
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