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Redactado por: El Derecho
8 de julio de 2015

La reforma que permitirá publicar la lista de deudores supera el primer trámite

El Pleno ha rechazado las enmiendas presentadas a los dos proyectos de ley que, entre otras modificaciones, permitirán publicar una lista de deudores con la administración y hacer públicas las sentencias condenatorias por delitos de fraude fiscal.

Se abre ahora el periodo para presentar enmiendas al articulado y ambos textos continuarán su tramitación en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas. El proyecto de reforma de la Ley General Tributaria pasará directamente al Senado, ya que ha sido rechazado, según fuentes parlamentarias.

El segundo proyecto de ley sí deberá pasar por Pleno antes de ser remitido al Senado porque requiere la aprobación por mayoría absoluta, al tratarse de ley orgánica.

La principal novedad que introduce la reforma de la Ley General Tributaria es la publicación de un listado de los deudores con la administración, algo que el Gobierno argumenta por su interés público, y que afectará a aquellos que tengan deudas o sanciones pendientes superiores a un millón de euros. Los afectados podrán presentar alegaciones antes de la publicación de la lista, que se actualizará y publicará periódicamente el primer semestre de cada año.

En esta misma línea de lucha contra el fraude fiscal enmarca el Gobierno la reforma que permitirá publicar sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, con el objetivo de mejorar la transparencia de la actuación tributaria.

Las sentencias que se podrán publicar son las referentes a delitos contra la Hacienda Pública, de insolvencia punible y delitos de contrabando, en los casos en que resulte perjudicado el erario público. Además, solo se publicará la sentencia cuando sea firme, y no se publicará completa, sino solo aquellos puntos que sean estrictamente necesarios para cumplir con la finalidad buscada, explica el Gobierno. Por último, la norma permitirá que el condenado evite la publicación del fallo si paga la cuantía de la condena antes de ésta sea firme.

Deudores

La reforma Ley General Tributaria, por su parte, introduce algunas modificaciones, además de la publicación de la lista de deudores. La nueva norma amplía las potestades de comprobación e investigación, regulando el derecho a comprobar las obligaciones tributarias en el caso de ejercicios prescritos, amplia los plazos de los procedimientos de inspección y mejora la regulación del método de estimación indirecta de las bases imponibles.

Además, la norma recoge una nueva infracción tributaria grave, que sancionará la obtención de un ahorro fiscal mediante actos que ya han sido declarados por la Administración como de conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

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La reforma que permitirá publicar la lista de deudores supera el primer trámite

El Pleno ha rechazado las enmiendas presentadas a los dos proyectos de ley que, entre otras modificaciones, permitirán publicar una lista de deudores con la administración y hacer públicas las sentencias condenatorias por delitos de fraude fiscal.

08/07/2015
Redactado por: El Derecho
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