El ministro ha destacado que la reforma fiscal propicia un nuevo sistema fiscal que gana en "progresividad, equidad y justicia", respecto a la última reforma fiscal aprobada, en 2006. En este sentido, ha indicado que la rebaja media en el IRPF será del 12,5% para el conjunto de los contribuyentes pero se centrará en las rentas medias y bajas. El 72% de los declarantes, que cuentan con rentas inferiores a 24.000 euros al año, contarán con una rebaja media del 23,47%. Un total de 1,6 millones de contribuyentes dejarán de tributar. Los asalariados que ganen menos de 12.000 euros al año (mileuristas) ni siquiera tendrán que hacer la declaración y dispondrán de su sueldo íntegro a partir del año que viene.
En el caso del Impuesto sobre Sociedades, el ministro destacó las mejoras introducidas para potenciar la capitalización de las empresas y reducir su endeudamiento. En relación al IVA, Montoro insistió en que no se subirá la tributación, para no dañar el consumo. En este sentido, avanzó que la recaudación de este impuesto está creciendo a ritmos del 7,1% hasta agosto, fruto de la mejora de la coyuntura económica y de la lucha contra el fraude fiscal.
Montoro recalcó el esfuerzo realizado por la Comisión de Expertos para la reforma fiscal, presidida por el profesor Manuel Lagares, y de cuyo informe se han recogido varias decenas de recomendaciones. Entre las recomendaciones recogidas se encuentran los incentivos recogidos a las familias y contribuyentes con hijos a cargo.
La reforma introduce un fuerte aumento de los mínimos familiares en el IRPF, de hasta el 32%, y tres nuevos ‘impuestos negativos’ o categorías de beneficios sociales para familias y personas con discapacidad. Operarán para familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas (3 o más hijos o con 2 hijos y uno con discapacidad).
En cada uno de los casos recibirán 1.200 euros anuales, que se podrán recibir de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Estos ‘impuestos negativos’ son acumulables entre sí y al actual de igual cuantía (100 euros mensuales) que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
En el caso de una familia con dos hijos y con unos rendimientos de trabajo de 25.000 euros anuales (ejemplo renta media), la rebaja será del 13,9% de su cuota líquida.
Autónomos
La rebaja del IRPF implicará la bajada generalizada de retenciones. Para autónomos será de mayor calado. El tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 15.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%. Este paso se ha hecho de forma urgente, vía decreto-ley, y está operativo desde el pasado mes de julio. Además, la retención para autónomos se reducirá del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016. De igual forma, se mantiene el tipo de gravamen reducido del 15% para empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores.
Limitación de módulos
El nuevo IRPF introduce una simplificación del régimen de estimación objetiva (módulos). De esta forma, se rebaja el umbral de exclusión, de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 euros de gastos. Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas. Quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1% como las de fabricación y construcción. Permanecerán en módulos actividades como la restauración, servicio de taxi, agricultura y ganadería.
Neutralidad del ahorro
La reforma del IRPF incluye también una rebaja de la tributación del ahorro. Se hace introduciendo progresividad en el tramo superior. La nueva tarifa consta de tres tramos: el primero, hasta seis mil euros, bajará su tributación del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016; desde 6.000 hasta 50.000 euros, el tipo bajará hasta el 22% en 2015 y al 21% en 2016; a partir de 50.000 euros, el tipo de gravamen se situará en el 24% en 2015, y en el 23%, en 2016.
La reforma incorpora también nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a medio y largo plazo. Pensando en los pequeños y medianos ahorradores, el Gobierno crea un nuevo instrumento que les dará beneficios fiscales y será una alternativa, o incluso un complemento, a los planes de pensiones u otras formas de ahorro. Así, los nuevos Planes "Ahorro 5" podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garanticen la restitución de, al menos, el 85 por 100 de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años.
Además, las plusvalías generadas por mayores de 65 años estarán exentas si se transforman en renta vitalicia. Por otro lado, se reduce de 10 a 5 años el plazo mínimo de un plan individual de ahorro sistemático
En el caso de los planes de pensiones se mantiene su régimen fiscal pero se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año. Se podrán rescatar cantidades, transcurridos 10 años.
Atracción del talento
También se modifica el régimen fiscal de impatriados. Su objetivo es atraer a España a personas con talento, personal altamente cualificado, por ejemplo, del ámbito científico o económico, para trabajar en empresas establecidas en nuestro país. Para evitar efectos que no se buscan con este régimen, se excluye expresamente a los deportistas profesionales. Se fija un tipo específico -del 24%- para los primeros 600.000 euros de retribución, mientras que el resto tributará al tipo marginal máximo como cualquier otro contribuyente.
Bajada de impuestos para empresas
El Impuesto sobre Sociedades incorpora una bajada de tributación y medidas para fomentar la competitividad de las empresas y simplificación de deducciones. Con el fin de consolidar la aproximación de la fiscalidad de las empresas a los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 28%, en 2015, y al 25%, en 2016.
Se crea una reserva de capitalización (minoración del 10% de la base imponible por incremento de fondos propios) que sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.
Las pymes, además, tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación. Se trata de una minoración del 10% de la base imponible con un límite de un millón de euros. La cantidad se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de 5 años. Además, se mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión que ofrece otros beneficios a las pymes como la libertad de amortización.
Reordenación de deducciones y mejora de incentivos
El nuevo Impuesto sobre Sociedades ofrece una reordenación de deducciones, manteniendo las de por creación de empleo y potenciando la de I+D+i. Aquellas empresa que destinen cuantías superiores al 10% de su cifra de negocio a I+D podrán elevar de 3 a 5 millones de euros anuales el importe monetizable de la deducción por I+D.
Al mismo tiempo, se amplía la base imponible del impuesto para acercar el tipo efectivo al tipo nominal. Para ello, y con el objetivo de seguir favoreciendo el desapalancamiento financiero (control del endeudamiento empresarial) se limita la deducibilidad de gastos por deterioro, se mantiene la limitación de gastos financieros y se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles, que empezará a operar en 2016. Se trata de medidas equiparables a la fiscalidad del entorno con el objetivo de sanear los balances de las empresas españolas.
Con el fin de mantener la recaudación en 2015, se prorrogan para ese ejercicio las medidas temporales en vigor (pagos fraccionados incrementados, limitación de compensación de bases imponibles negativas y fondo de comercio), que afectan, fundamentalmente, a las grandes empresas. Por otro lado, se equipara el trato fiscal de participaciones de entidades residentes y no residentes para adecuarlo al tratamiento internacional.
Mayores incentivos a la industria
La reforma fiscal introduce nuevos incentivos fiscales a actividades muy determinadas, que ayuden al crecimiento económico y al cambio de modelo productivo. Es el caso de las actividades industriales. Para mejorar la competitividad de los procesos productivos intensivos en electricidad se amplía la exención parcial (85%) del impuesto de electricidad a todos los procesos en los que el coste de la electricidad supere el 50% del coste de producción.
Seguridad jurídica
Como medidas para mejorar la lucha contra el fraude y otorgar mayor seguridad jurídica, se evita la deducibilidad de gastos fiscales cuando se difiere la calificación en otros países. De esta forma, no podrán deducirse los rendimientos de instrumentos financieros cuando el destinatario de otro país no tribute por ellos (instrumentos híbridos). Además, se simplifican las obligaciones de documentación en las operaciones vinculadas (matriz y filiales).
Mecenazgo, cine y teatro
La reforma fiscal incluye un impulso a las actividades de mecenazgo. La deducción por donativos en el IRPF se eleva del 25% al 30%. Para incentivar la estabilidad en la aportación de estos recursos el porcentaje se eleva en otros 5 puntos si se mantiene durante tres años en IRPF y en Sociedades.
Para ampliar la participación social en estas actividades, se fija, en dos fases, una deducción del 75% para donativos inferiores a 150 euros. El donativo que exceda de esta cantidad se beneficiará de los otros tipos incrementados.
El proyecto de ley de reforma del Impuesto sobre Sociedades incluye nuevos incentivos a producciones cinematográficas. Para ellas se fija un tipo aplicable a productor y coproductor financiero indistintamente. Será del 20% desde el primer millón, y del 18% por el exceso. Para el coproductor financiero supondrá multiplicar por cuatro la deducción actual, que pasa del 5% al 20%. Además, para atraer producciones cinematográficas extranjeras se crea una deducción del 15% de los gastos realizados en el exterior. Se trata de los mayores incentivos fiscales a la producción del cine y espectáculos registrados históricamente en España.
Por otro lado, el proyecto de ley introduce una nueva deducción del 20% para apoyar la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
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