El régimen de franquicia del IVA: en qué consiste
La esencia de esta directiva es la creación de un régimen de franquicia del IVA que permita a las pequeñas empresas con una cifra de negocios inferior a un umbral determinado quedar exentas de liquidar este impuesto. Mientras que el régimen simplificado actual en España ya ofrece ciertas particularidades, la franquicia busca una armonización real a nivel europeo. El umbral máximo que permite la normativa comunitaria es de 85.000 euros de facturación anual, si bien España aún debe definir cuál será su límite nacional específico. El impacto será notable, afectando a un amplio espectro de pymes que actualmente gestionan el IVA de forma ordinaria.
Novedades respecto al régimen anterior
La norma no se limita al mercado local, sino que introduce una faceta transfronteriza clave: la posibilidad de que pymes de un Estado miembro apliquen esta franquicia en otros países de la Unión Europea donde realicen operaciones, siempre que su facturación intracomunitaria no supere los 100.000 euros. Para los asesores fiscales que gestionan clientes con actividad fuera de España, este supone el cambio más relevante, ya que simplifica la carga administrativa en operaciones internacionales.
Situación de la transposición en la Unión Europea
| País | Umbral nacional | Fecha de transposición | Estado |
| Alemania | 22.000 € | 2025 | Transpuesto |
| Francia | 36.800 € | 2025 | Transpuesto |
| Italia | 85.000 € | 2025 | Transpuesto |
| España | Pendiente | Pendiente | Incumplimiento |
De la carta de emplazamiento al TJUE: en qué punto estamos
Tras vencer el plazo de transposición el 1 de enero de 2025 sin que España hubiera adaptado su normativa, la Comisión Europea ha iniciado el procedimiento formal de infracción. Actualmente, el expediente se encuentra en una fase avanzada, habiendo superado el envío de la carta de emplazamiento y aproximándose a la remisión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La falta de avances legislativos coloca a España en una situación delicada frente a las autoridades comunitarias.
Cuánto puede costar a España: el método de cálculo del TJUE
El riesgo económico es sustancial. El TJUE utiliza una fórmula de cálculo basada en una suma a tanto alzado, que para España podría establecerse en un mínimo de 3,4 millones de euros, ajustado según el PIB y la gravedad del incumplimiento. A esto se sumarían multas coercitivas diarias hasta que la normativa sea finalmente aplicada, tal como ha sucedido en casos previos contra otros estados miembros por directivas fiscales.
Posición del Gobierno español
A fecha de hoy, no existe un calendario oficial aprobado para la transposición de esta directiva. El proyecto de ley sigue sin avances significativos en el Congreso, y el silencio institucional se mantiene como el dato más relevante ante las reiteradas consultas de los agentes sociales.
El problema del asesoramiento en el vacío legal
La incertidumbre normativa genera un riesgo operativo para los asesores. Mientras la directiva no se incorpore al derecho interno, las pymes deben seguir liquidando el IVA bajo el régimen actual. El asesor se enfrenta a la presión de clientes que desean anticipar los beneficios de la futura norma, asumiendo el riesgo de incurrir en incumplimientos fiscales si se aplican criterios no vigentes.
Cómo preparar a los clientes ahora mismo
Aunque no es posible aplicar la exención, el asesor debe realizar una labor de preparación documental. Esto implica identificar qué clientes se situarían bajo el umbral de 85.000 euros, revisar su histórico de facturación de los últimos doce meses y preparar a la estructura contable ante los cambios operativos que vendrán.
El caso especial de las empresas con actividad en otros países UE
Para aquellos clientes con actividad transfronteriza, la espera es más crítica. El mecanismo de franquicia intracomunitaria requiere un registro especial y una operativa que no estará disponible hasta que España culmine el proceso legislativo, lo que exige una comunicación clara con el cliente sobre esta limitación.
Verificar que la facturación del cliente se encuentre alineada con el umbral esperado de 85.000 euros.
Mantener el tratamiento actual del IVA sin realizar modificaciones hasta que la normativa nacional esté plenamente vigente.
Realizar un seguimiento periódico del estado del procedimiento de infracción a través de las fuentes oficiales como EUR-Lex.
Incorporar en los contratos de asesoramiento cláusulas que especifiquen el seguimiento de la normativa pendiente de transposición.
Permanecer atentos a la publicación de la Orden Ministerial que fijará el umbral definitivo, ya que este podría diferir del umbral máximo permitido por la UE.
¿Cuándo entrará en vigor la franquicia del IVA para pymes en España?
No existe fecha confirmada, ya que España se encuentra en una fase de incumplimiento de los plazos comunitarios.
¿Qué pymes podrán acogerse a la exención del IVA?
Aquellas cuya cifra de negocio anual sea inferior al umbral que establezca el Gobierno, previsiblemente con un tope de 85.000 euros.
¿Puede una pyme española aplicar la franquicia del IVA en Francia o Alemania ahora mismo?
No, esta opción solo estará operativa una vez que España complete la transposición de la directiva al ordenamiento nacional.
¿Qué pasa si una pyme deja de liquidar IVA antes de que se apruebe la ley española?
Se arriesga a sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria, al no haber cobertura legal para la exención.
¿Cuánto puede multar la UE a España por el retraso?
El TJUE podría imponer una multa a tanto alzado superior a 3,4 millones de euros, además de penalizaciones diarias por el retraso continuado.
Para profundizar en la gestión de las obligaciones tributarias y asegurar la correcta aplicación de la normativa actual, resulta de gran utilidad consultar el Memento IVA de Lefebvre, donde encontrarás la información rigurosa necesaria para la gestión de tus clientes y la toma de decisiones con plena seguridad jurídica.
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