El Consejo de Ministros ha aprobado el establecimiento de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del personal investigador. Con esta medida las empresas que hacen I+D+i podrán bonificarse el 40% de las cuotas por contingencias comunes. Este mecanismo permite la reducción inmediata de gastos empresariales y favorece la contratación del personal investigador. Se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2013.
El objetivo del Ministerio de Economía y Competitividad es fomentar la creación de empleo de calidad, aumentar la actividad de las pymes innovadoras y reorientar el peso de la I+D+i hacia el sector privado. En consecuencia, esta actuación permitirá que se incremente el número de investigadores que trabajan en empresas y que España se acerque el objetivo de la UE, que establece que al menos dos tercios de la inversión total en I+D+i debe provenir del sector privado. En España este porcentaje apenas alcanza el 50%.
Según los datos disponibles, se prevé la creación de 500 puestos de investigadores en empresas durante los próximos tres años y una bonificación media por trabajador de 2.138 euros. El coste para la Administración sería de 20 millones de euros para las bonificaciones de 2013 y 22 millones para las de 2014.
Las pequeñas y medianas empresas que sean reconocidas con el sello de Pyme Innovadora por la Secretaría de Estado de I+D+i podrán contar con otra ventaja, ya que esta bonificación será plenamente compatible con la deducción fiscal por actividades de I+D+i que recoge la normativa del impuesto de Sociedades. Para el resto de empresas y entidades la bonificación será compatible con el régimen de deducción siempre que no se aplique sobre el mismo investigador.
El Ministerio de Economía y Competitividad pretende con esta y otras medidas, como el denominado ‘cheque fiscal’, un mejor tratamiento fiscal a las empresas innovadoras que incremente e impulse su actividad.
Desde Espacio Asesoría no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.
Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace, desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.
Tu comentario ha sido enviado para ser revisado antes de ser publicado.