Con el incremento del salario mínimo, se ha articulado una nueva deducción en el IRPF diseñada para evitar que el aumento nominal de ingresos sea absorbido por los impuestos. En la práctica, esto implica que las rentas del trabajo de hasta 17.094 euros anuales quedan libres de tributación. A partir de esa cifra, se aplica una reducción que disminuye de forma progresiva hasta alcanzar los 20.000 euros.
Esta medida amplía el escudo fiscal que ya existía para rentas inferiores y obliga a las asesorías a poner el foco en aquellos trabajadores que se sitúan en la horquilla de entre 15.876 y 20.000 euros. Es precisamente en este tramo donde la presentación de la autoliquidación puede resultar más beneficiosa para el contribuyente, permitiéndole consolidar el ahorro fiscal previsto por la normativa.
El impacto de esta medida no es uniforme en todo el territorio nacional debido a las diferencias en las estructuras salariales. Comunidades como Canarias, Murcia y Extremadura concentran un mayor porcentaje de asalariados en los tramos beneficiados, debido a una mayor presencia de contratos a tiempo parcial o de duración determinada.
Sin embargo, en términos absolutos, el volumen de población ocupada determina que Andalucía, Cataluña, Madrid y la Comunidad Valenciana sumen más de la mitad de los potenciales beneficiarios de la deducción ampliada. Como asesor, identificar en qué punto se encuentran los empleados de tus clientes es vital para anticipar si les conviene o no realizar el trámite de la declaración, especialmente cuando las retenciones practicadas durante el año deben ajustarse a la nueva realidad normativa.
Es fundamental recordar que la mejora en las deducciones no altera las reglas generales de la obligación de declarar. Muchos trabajadores que cobren más de 15.876 euros anuales seguirán estando obligados a presentar la renta si han tenido dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo y restantes supere los 1.500 euros anuales.
Asimismo, si el contribuyente cuenta con otras fuentes de ingresos, como alquileres o rendimientos de actividades económicas, los límites de exención de 22.000 euros para un solo pagador dejan de aplicarse. Para aquellos que se mueven entre los 20.000 y 22.000 euros, aunque la nueva deducción no les alcance directamente, presentar la declaración suele ser recomendable para recuperar retenciones a través de otras deducciones estatales o autonómicas.
Desde Espacio Asesoría no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.
Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace, desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.
Tu comentario ha sido enviado para ser revisado antes de ser publicado.