Según la normativa, que ha sido puesta este lunes a consulta pública, este documento deberá incluir la estructura de la administración de la entidad, con información de las remuneraciones percibidas por el Consejo de Administración, la Comisión de Control, la Comisión de Inversiones, la Comisión de Retribuciones y Nombramientos, la Comisión de Obra Social y la Comisión Ejecutiva.
Así, habrá que computar tanto las dietas por asistencia a los citados órganos como los sueldos que se perciban por el desempleo de sus funciones. Del mismo modo, habrá que especificar las remuneraciones análogas a las anteriores y las obligaciones contraídas en materia de pensiones o de pago de primas de seguros de vida.
Será necesario incluir, además, las remuneraciones percibidas por los miembros de los órganos de gobierno y personal directivo que se deriven de la participación en representación de las cajas de ahorros en sociedades cotizadas o en otras entidades en las que la caja tenga una presencia o representación significativa en representación de la caja de ahorros.
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