El expediente se inicia con una carta de emplazamiento, primera fase de un procedimiento de infracción. Las autoridades españolas tienen ahora un plazo de dos meses para adoptar las medidas exigidas. Si no lo hacen, el Ejecutivo podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
Las nuevas normas establecen a escala de la UE el derecho de los clientes a cambiar de operador en un solo día manteniendo el número de teléfono, el derecho a una mayor transparencia sobre los servicios ofrecidos, por ejemplo la velocidad de conexión a Internet, y una mejor protección de los datos personales en línea.
Además, las empresas de telecomunicaciones se beneficiarán, según Bruselas, de mayor seguridad jurídica por los nuevos poderes de supervisión para la Comisión y para el organismo de coordinación de los reguladores europeos de telecomunicaciones.
Hasta ahora, tan sólo siete Estados miembros (Dinamarca, Estonia, Finlandia, Irlanda, Malta, el Reino Unido y Suecia) han notificado a la Comisión la plena incorporación de las nuevas normas a su ordenamiento jurídico.
Por ello, además de a España, el Ejecutivo comunitario ha expedientado a Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, los Países Bajos, Polonia, Portugal y Rumanía.
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