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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
13 de febrero de 2025

Estafa en contratación de obras de reforma de vivienda

La relevancia del engaño es esencial como elemento en la configuración del delito de estafa

El caso tiene su origen en la contratación de una empresa por parte del denunciante para la ejecución de obras de reforma en su vivienda. El acuerdo fue formalizado a través de un contrato suscrito con un tercero cuya identidad no coincidía con la de los representantes legales de la empresa. Posteriormente, el denunciante recibió un borrador de contrato que también suscribió.

Tras la firma del contrato, el contacto entre las partes se llevó a cabo con el acusado, quien solicitó al denunciante adelantar la fecha de inicio de las obras. Este accedió, abonando la mitad del importe acordado. Posteriormente, el acusado planteó modificaciones sobre el presupuesto inicial, las cuales fueron aceptadas, procediendo a valorar y presupuestar nuevamente el proyecto.

En ese contexto, el denunciante recibió un proyecto detallado con el coste total de la obra. No obstante, el acusado continuó exigiendo nuevas modificaciones sin presentar un presupuesto actualizado. Asimismo, el denunciante solicitó información al Ayuntamiento respecto a la licencia de obra, constatando que no se había solicitado ninguna.

Transcurridos tres meses, dos operarios se presentaron en la vivienda y procedieron a desmontar parte del tejado, abandonando el lugar poco después sin ejecutar más trabajos ni instalar elementos de protección. Ante esta situación, el denunciante remitió diversas comunicaciones al acusado, quien le proporcionó datos de nuevas empresas sin facilitar información concreta sobre el avance de la obra.

En primera instancia, el acusado fue condenado por un delito continuado de estafa, sin que concurrieran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Se le impuso una pena privativa de libertad y la obligación de indemnizar al denunciante por los perjuicios ocasionados.

Contra dicha sentencia, el acusado interpuso recurso de apelación, alegando errores en la valoración probatoria y la inexistencia de los elementos configuradores del delito de estafa.

El TSJ Castilla-León (Burgos) confirma la sentencia, argumentando que la Audiencia ha apreciado correctamente la existencia de un delito de estafa. Considera probado que el engaño fue un elemento esencial en la conducta del acusado, al generar en el denunciante una falsa apariencia de seriedad y solvencia. Además, destaca que la maniobra fraudulenta tuvo como objetivo principal obtener un beneficio patrimonial indebido en perjuicio del denunciante.

Por lo tanto, se desestima el recurso de apelación, confirmando la condena impuesta en la instancia anterior.

STSJ Castilla y León (Bur) (Civil y Penal) de 11 diciembre de 2024. EDJ 2024/779977

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Estafa en contratación de obras de reforma de vivienda

La relevancia del engaño es esencial como elemento en la configuración del delito de estafa

13/02/2025
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