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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
16 de enero de 2025

¿Es preciso justificar la necesidad de cuidados una vez emitida el alta hospitalaria?

Se desestima recurso de suplicación contra la sentencia que declaró no ajustada a derecho la comunicación de la empresa que establecía requerimientos adicionales para el disfrute del permiso.

El TSJ Aragón ha desestimado el recurso de suplicación presentado por una empresa contra la sentencia que declaró no ajustada a derecho la comunicación de la empresa que establecía requerimientos adicionales para el disfrute del permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.

La empresa argumentaba que la duración del permiso de 5 días establecida legal y convencionalmente era un máximo y que solo debían otorgarse los días necesarios para cumplir con el fin del permiso. Sin embargo, el TSJ Aragón sostiene que, según el art. 37.3.b Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo, para disfrutar del permiso solo se requiere previo aviso y justificación, sin que se exija justificar la continuidad de la situación que motivó el permiso durante su disfrute.

El tribunal afirma que la interpretación de la empresa no se ajusta al sentido literal, contexto, espíritu ni finalidad de la norma. El permiso tiene como objetivo atender la necesidad de cuidados del familiar, independientemente de si continúa hospitalizado o no, y la necesidad de cuidado no termina con el alta hospitalaria, que suele ir acompañada de recomendación de reposo domiciliario.

Además, el TSJ Aragón considera la cuestión con perspectiva de género, señalando que los permisos relacionados con el cuidado de familiares son ejercidos mayoritariamente por mujeres y que la interpretación de la empresa perpetúa la brecha de género, ya que limita los derechos de quienes tradicionalmente asumen los cuidados y desincentiva la corresponsabilidad en las cargas familiares por parte de los hombres.

Por tanto, el tribunal confirma la nulidad de los requerimientos impuestos por la empresa para el disfrute del permiso retribuido, manteniendo la protección de los derechos de los trabajadores en situaciones de necesidad de cuidado de familiares.

STSJ Aragón (Social) de 21 octubre de 2024. EDJ 2024/731999

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¿Es preciso justificar la necesidad de cuidados una vez emitida el alta hospitalaria?

Se desestima recurso de suplicación contra la sentencia que declaró no ajustada a derecho la comunicación de la empresa que establecía requerimientos adicionales para el disfrute del permiso.

16/01/2025
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