El ministro de Justicia ha subrayado ante el pleno la importancia y trascendencia de las citadas leyes, más aún en este contexto de crisis y dada la relación que existe entre jurisdicción y economía. Francisco Caamaño destacó que estas leyes persiguen un objetivo común: facilitar el acceso a la Justicia, ganar en eficacia, reducir costes y acortar los tiempos de respuesta de los tribunales.
La Ley Concursal, que perfecciona la reforma efectuada mediante Real Decreto-Ley 2/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, tiene por objetivo la agilización, simplificación y abaratamiento del procedimiento concursal; la profundización de las alternativas al concurso a través de los institutos preconcursales y la rectificación de algunos aspectos de la actual regulación que han generado problemas prácticos y dudas interpretativas. La Sección Especial para la reforma concursal de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, en la que participaron 17 expertos jurídicos y económicos, ha elaborado la propuesta que ha servido de base para esta reforma. El proyecto, a partir de los principios esenciales de la vigente Ley, se propone normalizar el papel del concurso y constituirlo como un instrumento al servicio de la viabilidad de las empresas y no sólo como fórmula para su liquidación cuando entran en dificultades.
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