Dicho preacuerdo recoge una subida salarial de hasta el 1% en 2015 y de hasta el 1,5% para 2016, y garantiza que "el sumatorio de los salarios de ambos años será mayor a la suma de las inflaciones de los mismos, en función proporcional de los salarios inicialmente pactados".
De esta forma, el preacuerdo establece una cláusula de garantía salarial bianual por la que las subidas salariales conllevarán una ganancia de poder adquisitivo respecto al IPC acumulado al término del segundo año, la condición necesaria que habían establecido los sindicatos para poder firmar un acuerdo.
Para el año 2017, este principio de acuerdo fija que la subida salarial correspondiente se concretará cuando se conozca tanto el PIB de 2016 como el cuadro macroeconómico del Gobierno para 2017.
"Estos incrementos se encuentran orientados al mantenimiento y/o creación de empleo", apostillan las partes en un comunicado conjunto, en el que apuntan que "el acuerdo se inscribe en la senda de mejora de la economía española y persigue dar respuesta desde la negociación colectiva al importante volumen de desempleados".
En materia de ultraactividad de convenios, el otro de los escollos que han demorado la firma del acuerdo, fuentes sindicales han explicado a Europa Press que la redacción establece, como se preveía, que en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, a un convenio vencido le deberá sustituir otro, y que, en caso de no haber acuerdo entre las partes, se recurrirá a la mediación y el arbitraje.
¿Cuándo se firmará el acuerdo?
Sobre la fecha del acuerdo, el comunicado precisa que "en las próximas fechas" el preacuerdo será sometido a ratificación por los diferentes órganos decisorios de cada organización firmante, que "en caso de hacerse efectiva", habilitaría la firma definitiva del Acuerdo.
Para empezar, la CEOE celebrará mañana una nueva reunión de su Comité Ejecutivo y de la Junta Directiva, en la que ya se podría recabar el sí al texto.
Por su parte, el Consejo Confederal, de carácter consultivo, abordará esta cuestión el próximo 21 de mayo, antes de la reunión del Comité Ordinario del 27 y 28 del mismo mes. Si bien la Comisión Ejecutiva Conferal del sindicato ya está habilitada para ratificar el acuerdo.
Por último, el Consejo Confederal de CC.OO. no se reunirá hasta el 2 de junio, con lo que la firma definitiva no tendrá lugar en este mes de mayo.
Además de la cuestión salarial, el acuerdo busca impulsar criterios en materia de empleo y contratación –con especial referencia a la contratación de jóvenes–, formación y cualificación profesional, procesos de reestructuración, derechos de información y consulta, igualdad de trato y oportunidades, seguridad y salud en el trabajo, estructura salarial, previsión social complementaria, instrumentos de flexibilidad y condiciones de trabajo.
Además, se incluyen otras materias como la clasificación profesional y movilidad funcional, ordenación del tiempo de trabajo, inaplicación de determinadas condiciones de trabajo en los convenios, teletrabajo, incapacidad temporal, absentismo y estructura de la negociación colectiva.
Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) para los años 2015, 2016 y 2017 es un documento que ha de servir de guía para los negociadores de los convenios colectivos, y una vez firmado debería agilizar la negociación de muchos de ellos, que acumulan gran retraso en este 2015.
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