Como compensación, se aumenta consecuentemente la pensión máxima un punto adicional a la variación del IPC. De la misma forma, se incrementa un punto porcentual la base mínima de cotización de los autónomos.
Por otro lado, se asimilan los rendimientos del trabajo a efectos de cotización a la Seguridad Social con respecto al tratamiento que se les otorga en la tributación a efectos del IRPF.
De la misma forma, se homogeneizan los recargos por retraso en el abono de cuotas a la Seguridad Social en el 20%, con independencia de cuál sea el tiempo de retraso en el pago.
Además, ha acordado proponer medidas para acercar la edad real a la edad legal de jubilación y abordar iniciativas en el ámbito de la jubilación parcial y de la jubilación anticipada.
En este mismo sentido, se presentará una propuesta de regulación del factor de sostenibilidad, con el objetivo de mantener la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y sus prestaciones.
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