En concreto, dicha norma, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), avanza un paso más eliminando todos los supuestos de autorización o licencia municipal previa, motivados en la protección del medio ambiente, de la seguridad o de la salud públicas, ligados a establecimientos comerciales y otros con una superficie de hasta 300 metros cuadrados.
"Es importante destacar que la reforma que se introduce responde a la finalidad positiva de adoptar unos fines y orientaciones generales en el plano de la reactivación económica, estableciendo un mínimo común denominador para todo el Estado que garantice a las empresas un marco de seguridad y de unidad normativa en todo el territorio", subraya la ley, que precisa que todo ello sin perjuicio de que las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, puedan regular un régimen de mayor alcance en la eliminación de cualquier tipo de control previo.
Tras realizar el juicio de "necesidad y proporcionalidad", se considera que no son necesarios controles previos por tratarse de actividades que, por su naturaleza, por las instalaciones que requieren y por la dimensión del establecimiento, no tienen "un impacto susceptible de control" a través de la técnica autorizatoria, que se sustituye por un régimen de control ‘expost’ basado en una declaración responsable.
Asimismo, se permitirá iniciar la ejecución de obras e instalaciones y el ejercicio de la actividad comercial y de servicios con la presentación de una declaración responsable o comunicación previa en la que el empresario declara cumplir los requisitos exigidos por la normativa vigente y disponer de los documentos que se exijan, además de estar en posesión del justificante del pago del tributo correspondiente.
"Ello contribuirá a la dinamización de la actividad en beneficio del crecimiento económico y del empleo, en línea con los objetivos de reducción de las cargas administrativas, la mejora del entorno empresarial, en especial para las pymes, y la promoción del espíritu empresarial de la ‘Estrategia Europa 2020’", añade la norma.
Según la norma, la sustitución de la licencia por otros actos de control ‘expost’ no supondrá en nigún caso merma alguna de los ingresos fiscales de los ayuntamientos o de los organismos que expidieran con anterioridad las licencias previas de apertura.
Por el contrario, en la medida que se agilice la apertura de nuevos establecimientos, podrá registrarse un incremento de la recaudación obtenida por este concepto al facilitarse la apertura de más y nuevos comercios.
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