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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
11 de octubre de 2019

¿Cómo debe acreditarse la finalización de autopromoción de vivienda?

La DGRN considera que entre los medios de prueba válidos para acreditar la adquisición de una vivienda en construcción se encuentra el certificado final de la dirección de obra.

El consultante se encuentra en un
proceso de autopromoción de vivienda en un terreno rústico. En estos casos, y a
efectos de la obtención de la cédula de habitabilidad, entre la expedición del
certificado de fin de obra por parte del arquitecto y el expedido por el
Ayuntamiento puede transcurrir mucho tiempo.

Se eleva consulta cuestionando
cuál de los dos certificados acredita la finalización de la vivienda a efectos
de determinar la fecha de su adquisición. En su contestación, la Administración
recuerda que es criterio reiterado asimilar al término «adquisición de
vivienda» su construcción, ya sea por ejecución directa de la construcción por
parte del contribuyente o por medio de un promotor.

De esta forma, el criterio
interpretativo de la DGT establece que la adquisición se produce:

a) En el supuesto de entrega de
cantidades al promotor: cuando, suscrito el contrato de compraventa, se realice
la tradición o entrega de la cosa vendida.

b) En los supuestos de ejecución
directa de la construcción por parte del contribuyente, o autopromoción: con la
finalización de las obras.

Continúa afirmando que la
finalización de las obras se puede acreditar por cualquier medio de prueba
válido en derecho, que debe ser valorado por los órganos de gestión e
inspección de la Administración. A falta de prueba, se toma la fecha de la
escritura de declaración de obra nueva.

Por último, concreta que entre
los citados medios de prueba se encuentra el certificado final de la dirección
de obra. Consiste en un documento suscrito tanto por el arquitecto superior
como por el arquitecto técnico o aparejador y visado por el Colegio Oficial de
Arquitectos, en el que se expresa que la edificación ha sido terminada y
entregada a la propiedad en correctas condiciones para dedicarla a vivienda.

Consulta DGT V1127/2019 de 22 mayo de 2019. EDD 2019/626319

Fuente: ADN Fiscal

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¿Cómo debe acreditarse la finalización de autopromoción de vivienda?

La DGRN considera que entre los medios de prueba válidos para acreditar la adquisición de una vivienda en construcción se encuentra el certificado final de la dirección de obra.

11/10/2019
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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