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Redactado por: Migración
21 de septiembre de 2015

Cambios en los tipos de retención

Sepa qué retención aplicar en las operaciones que su empresa realice en fechas cercanas a un cambio ...

Sepa qué retención aplicar en las operaciones que su empresa realice en fechas cercanas a un cambio de tipos de retención.

Cambio de tipos. Desde del pasado 12 de julio, los tipos de retención aplicables sobre la mayoría de rentas se han reducido. ¡Y volverá a haber una reducción a partir del 1 de enero de 2016! ¡Atención! En estos casos es frecuente que se planteen dudas respecto a las operaciones realizadas en fechas próximas al cambio. ¿Cuál es la fecha en la que nace la obligación de retener y la que determina, por tanto, qué tipos de retención deben aplicarse?

Fecha de referencia. En unos casos dicha fecha es aquella en la que se produce el pago efectivo, mientras que en otros es la fecha en la que el pago es exigible(independientemente de que el pago llegue a producirse o no). Apunte. Que acabe siendo una u otra dependerá de quién sea el beneficiario de la renta y de la tipología de ésta:

  • Sociedades. Si el beneficiario es una sociedad, la fecha de referencia es la de exigibilidad, salvo que el pago se anticipe (en cuyo caso se toma la fecha de pago).
  • Personas físicas . Si el beneficiario es una persona física, la fecha de referencia es la de pago, y se retiene el tipo existente en ese momento. ¡Atención! En el caso de intereses y dividendos, la fecha clave, también para personas físicas, es la de exigibilidad (salvo que el pago se produzca antes).

Ejemplo. El pago de un alquiler es exigible el 5 de diciembre de 2015, pero no se satisface hasta el 10 de enero de 2016. En un caso así:

  • Si el arrendador es una sociedad, la fecha de referencia es la de exigibilidad. La retención del 19,5% (tipo vigente hasta finales de 2015) deberá incluirse en la declaración del cuarto trimestre de 2015.
  • Si el arrendador es una persona física, la fecha de referencia es la del pago. La retención será del 19% (tipo aplicable en 2016), y deberá ingresarse en la declaración del primer trimestre de 2016.
Le facilitamos un cuadro resumen sobre la fecha en la que nace la obligación de retener en función del tipo de rentas y según si el beneficiario es persona física o jurídica.
Fuente: Indicator. Apuntes&Consejos
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Cambios en los tipos de retención

Sepa qué retención aplicar en las operaciones que su empresa realice en fechas cercanas a un cambio ...

21/09/2015
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