El ultimátum adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. El Gobierno español tiene ahora dos meses para ajustar la legislación nacional a las exigencias de Bruselas. En caso contrario, el Ejecutivo comunitario podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
En la actualidad, España aplica una exención a los servicios prestados por los notarios en relación con las transacciones financieras, una exención que según el análisis de Bruselas no permiten las normas de la UE sobre el IVA.
La directiva sobre el IVA prevé una exención en favor de los servicios financieros. Por ejemplo, la concesión de un crédito o la venta de acciones son transacciones exentas del IVA.
Por el contrario, la intervención de un notario consiste esencialmente en preparar documentos públicos que dan fe de actos civiles y mercantiles y contratos, garantizando su autenticidad y exactitud. Incluso en el caso de que estos servicios se presten en relación con una transacción financiera, son claramente distintos de la transacción y, por lo tanto, de naturaleza no financiera, según aduce el Ejecutivo comunitario.
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