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Redactado por: El Derecho
30 de agosto de 2012

Aplicar la subida del IVA por agua, gas y electricidad consumidos en julio y agosto es legal, según Adicae

Los consumidores tendrán que cargar con la subida del IVA antes, incluso, de su aplicación efectiva que tendrá lugar el 1 de septiembre. Según la normativa vigente es legal que las empresas de agua, electricidad y gas carguen el nuevo IVA al recibo del consumo de los dos meses anteriores en su entrada en vigor, siempre y cuando este recibo se pague a partir del 1 de septiembre.

Así lo marca el artículo 75 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que indica que "en los suministros y, en general, en las operaciones de tracto sucesivo o continuado" el IVA se pagará "en el momento en que resulte exigible la parte del precio que comprenda cada percepción".

Esta práctica únicamente sería ilegal si la factura estuviese fechada con anterioridad a septiembre y también la fecha de obligación de pago que apareciese en la factura, en el contrato o en la normativa del sector al que corresponda la empresa que ofrece el suministro en cuestión.

También sería una práctica fraudulenta, y abusiva, que la empresa modificase la fecha de inicio de la obligación de pago respecto a la que aparezca en el contrato o a la que habitualmente venga reflejada en las facturas.

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Aplicar la subida del IVA por agua, gas y electricidad consumidos en julio y agosto es legal, según Adicae

Los consumidores tendrán que cargar con la subida del IVA antes, incluso, de su aplicación efectiva que tendrá lugar el 1 de septiembre. Según la normativa vigente es legal que las empresas de agua, electricidad y gas carguen el nuevo IVA al recibo del consumo de los dos meses anteriores en su entrada en vigor, siempre y cuando este recibo se pague a partir del 1 de septiembre.

30/08/2012
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