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Redactado por: Redacción ADN Jurídico
5 de septiembre de 2023

Anulación de condena por falsificación de moneda

La moneda imitada debe ser idónea para su utilización como instrumento de pago

El Tribunal Supremo anula la condena por falsificación de moneda a un hombre que estafó cierta cantidad de dinero a las máquinas expendedoras del Metro de Madrid.

Para ello, utilizó unas piezas metálicas de las mismas dimensiones, peso y efecto imantado de las monedas de dos euros. Su forma de operar consistía en introducir las piezas en la ranura para monedas y, luego, pulsar el botón de anulación de la operación. De esta forma lograba que la máquina le devolviera una moneda de dos euros de curso legal. Esta operación se repitió muchas veces, y en numerosas estaciones del metro.

La Audiencia de Madrid le condenó en primera instancia por un delito de falsificación de moneda en concurso medial con un delito continuado de estafa, penas que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El TS estima parcialmente el recurso del acusado, absolviéndole del delito de falsificación de moneda, y le condena solo por estafa.

Fundamenta su fallo explicando que, el delito de falsificación de moneda, exige que la moneda imitada sea lo suficientemente parecida a la original como para engañar a una persona media, es decir, ha de ser idónea para acceder al tráfico económico y a su utilización como instrumento de pago.

En el caso analizado, y tras la práctica de pruebas periciales y testificales pertinentes, el tribunal concluye que, al margen del grosor y el diámetro que pudiera corresponder al de las monedas de dos euros, la apariencia de las piezas metálicas utilizadas en la defraudación excluye el más mínimo riesgo de confusión con una moneda de curso legal. En ello coincidieron los empleados de Metro que extrajeron las piezas de las máquinas expendedoras. Al observar directamente las piezas metálicas, se pueda determinar claramente que no existe el más mínimo rasgo de similitud con monedas de curso legal.

No es pues suficiente que las piezas, por sus características de peso y dimensiones, sirvan para «engañar» a las máquinas expendedoras, lo cual queda absorbido por el delito de estafa que se confirma, sino que para condenar por falsificación de moneda debían parecerse a las monedas de dos euros de curso legal, situación que no se produjo en ningún momento.

STS (PENAL) DE 23 MARZO DE 2023. EDJ 2023/538515

Fuente: ADN Jurídico

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Anulación de condena por falsificación de moneda

La moneda imitada debe ser idónea para su utilización como instrumento de pago

05/09/2023
Redactado por: Redacción ADN Jurídico
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