Usted tiene una agencia inmobiliaria, y uno de sus clientes le va a encargar el alquiler de una vivienda de su propiedad. Pero como en el piso hay muebles y electrodomésticos usados, le pregunta si es mejor arrendarla con o sin ellos…
Vivienda. Su cliente se cambia de vivienda, y en la que va a alquilar aún conserva algunos muebles y electrodomésticos usados (frigorífico, lavadora…). Por eso, duda entre alquilarla con estos elementos o retirarlos antes de que entre el inquilino…
Amueblada. Lógicamente, a su cliente le interesará arrendar la vivienda amueblada si de esta manera le va a ser más fácil encontrar a un inquilino; o si le permite cobrar una renta superior a la que cobraría si la alquila sin amueblar. Apunte. En todo caso, actúe así si decide alquilar la vivienda amueblada:
Conservación. No obstante, arrendar una vivienda amueblada tiene implicaciones legales:
Ejemplo. La reparación de una lavadora cuyo coste equivale a la mitad de una nueva no es una “pequeña reparación” e irá a cargo del propietario. También irá a cargo de éste la sustitución una vez agotada la vida útil. ¡Atención! Asimismo, en un caso en el que habían transcurrido unos meses de alquiler, se consideró que la sustitución del programador de la lavadora y el cambio de gomas no se podían deber a desgaste, por lo que fueron asumidos por el arrendador.
Irrenunciable. Tenga en cuenta, además, que la regla indicada –las reparaciones “importantes” van a cargo del arrendador y a cargo del inquilino sólo son las pequeñas reparaciones por desgaste– es irrenunciable para el arrendatario.¡Atención! Por tanto, de nada sirve que en el contrato indique que cualquier avería o sustitución del mobiliario será asumida por el inquilino: en caso de conflicto, esa cláusula se considerará nula y no tendrá efectos.
Cautela. Si el hecho de que el piso esté amueblado no es determinante para alquilarlo (o para cobrar una renta superior), considere la opción de retirar los muebles antes de arrendarlo: evitará conflictos con el inquilino y gastos inesperados.
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