Según se señala en la memoria de impacto normativo que acompaña al decreto, y a la que ha tenido acceso Europa Press, la sustitución de las autorizaciones para la apertura, traslado o ampliación de comercios por declaraciones responsables o comunicaciones permitirá tanto una reducción de tiempo como de cargas administrativas.
En concreto, el Ejecutivo estima que habrá un ahorro de 80 euros por la diferencia entre presentar dos solicitudes presencialmente (una local y otra autonómica), otros 100 euros por la implantación de la tramitación proactiva, en la que se acumulan y suprimen algunos trámites y se integran en una única ventanilla, y un ahorro de 60 euros más por la reducción de seis a tres meses en el tiempo de tramitación del expediente.
En cualquier caso, estos ahorros no conllevarán ni un incremento ni una disminución de los ingresos que percibe la Hacienda pública.
Menos barreras
Estos ahorros supondrán además una eliminación de barreras de entrada al mercado, lo que incrementará la competencia en el sector comercial y, a su vez, la posibilidad de empezar a funcionar de forma más ágil adelantará la obtención de ingresos y beneficios por parte del promotor comercial.
Estas ventajas se suman además a otros cambios en el ámbito comercial incluidos en el mismo decreto ley, tales como el impulso a las zonas de especial afluencia turística (ZGATs), con mayor flexibilidad de horarios de apertura.
En este sentido, el Gobierno ha decidido dar dos meses más a las regiones obligadas a declarar al menos una de estas zonas para que lo hagan (como sucede con Barcelona o Bilbao), so pena en caso contrario de declarar todo el municipio como ZGAT y que tengan una liberalización de horarios total, y no con límites temporales y espaciales como pueden regular los gobiernos autonómicos.
Pagos con tarjeta
Por otra parte, el decreto ley limita también las comisiones que los bancos pueden cobrar a los comerciantes por el uso de tarjetas de crédito y débito en sus establecimientos, si bien estos nuevos baremos no entrarán en vigor hasta el próximo 1 de septiembre, de modo que el sector tenga tiempo para adaptar los sistemas de pago a las nuevas exigencias.
En concreto, las tasas no podrán superar el 0,2% del valor de la operación en el caso de que se use una tarjeta de débito y el 0,3% en el caso de las de crédito. Además, se incluye una comisión máxima de 7 céntimos para evitar supuestos en los que el nuevo escenario pudiera generar comisiones mayores a las actuales y se establece también un tratamiento singular para los pagos de hasta 20 euros, en los que las comisiones serán de 0,2% para crédito y 0,1% para débito.
Según subraya el Gobierno en la memoria, las empresas beneficiarias del pago con tarjeta tendrán prohibido expresamente trasladar los costes de la limitación a los clientes finales, en forma de gastos o cuotas adicionales por el uso de tarjeta.
Además, los proveedores de servicios de pago tendrán que informar al Banco de España de las tasas de descuento e intercambio efectivamente aplicadas por las operaciones más habituales, información que se publicará en la web del supervisor.
También el Observatorio de Pagos con Tarjeta Electrónica deberá realizar un seguimiento del cumplimiento de esta normativa, prestando especial atención a los posibles costes repercutidos sobre comerciantes y consumidores.
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