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Redactado por: Migración
24 de febrero de 2014

¿Puede trabajar en otra empresa?

La empresa de un conocido suyo está inmersa en un ERE de suspensión de contratos. Y uno de los emple...

La empresa de un conocido suyo está inmersa en un ERE de suspensión de contratos. Y uno de los empleados afectados está trabajando en otra empresa. ¿Es correcta esta situación?

Suspensión. La empresa en cuestión inició un ERE de suspensión que va a durar un año. Ahora bien, al cabo de dos meses, uno de los empleados empezó a trabajar en otra empresa. ¡Atención! ¿En qué situación queda su antiguo contrato de trabajo? Ese nuevo empleo, ¿afecta de algún modo a la suspensión?

Pluriempleo

Válido. En principio, la situación planteada es totalmente viable. Es decir, no está prohibido que mientras un empleado tenga el contrato de trabajo suspendido con una empresa, pueda iniciar una relación laboral con otra. Apunte. A efectos prácticos, se trata de un caso de pluriempleo. Es decir, el trabajador afectado está dado de alta en el mismo régimen por dos empresas diferentes.

Concurrencia. No obstante, la situación de pluriempleo no podrá llevarse a cabo si el trabajo prestado para la segunda empresa supone una competencia desleal para la primera. ¡Atención! Los tribunales entienden que existe competencia desleal si se cumplen los siguientes requisitos:

  • Ambos trabajos pertenecen al mismo sector y ambas empresas comercializan productos o servicios similares.
  • También existe competencia desleal si el trabajador se lleva clientes de la primera empresa a la segunda, o si revela información confidencial (por ejemplo, de tipo comercial o industrial).
  • No es necesario que la primera empresa se vea perjudicada. Apunte. Lo que cuenta es que el trabajador haya actuado de forma indebida, o sin la autorización de la primera empresa.

Transgresión. Si se dan estas notas, la primera empresa podría despedir al trabajador de forma disciplinaria (por transgresión de la buena fe contractual), sin derecho a indemnización.

Comunicación. Tenga en cuenta que los trabajadores pluriempleados deben comunicar dicha situación a las empresas. ¡Atención! Asimismo, conviene que las empresas informen a la Seguridad Social, ya que si el afectado, como consecuencia de los dos sueldos, supera la base máxima de cotización, la Seguridad Social repartirá la cotización entre las dos empresas de forma proporcional al sueldo abonado, para que el trabajador cotice, como mucho, por la base máxima.

¿Qué ocurre con el paro?

Desempleo. Si el trabajador estaba cobrando la prestación por desempleo debido al ERE de suspensión, dejará de cobrarla si empieza a trabajar en otra empresa. Y es que el desarrollo de un trabajo a jornada completa es incompatible con el cobro de la prestación. ¡Atención! En esta situación, pueden darse dos supuestos:

  • Si al cesar en el segundo empleo el trabajador quiere volver a cobrar el paro, podrá reanudar la prestación que estaba percibiendo antes de encontrar el segundo trabajo. Apunte. Las condiciones de la prestación no variarán (se mantendrá el importe inicial, la duración, etc.), y las cuantías cotizadas en este segundo empleo computarán para una futura prestación.
  • Si al iniciarse el ERE de suspensión el trabajador no solicitó el cobro del desempleo (ya que encontró rápidamente un nuevo trabajo), al cesar en este segundo trabajo podrá acceder al paro, computando como base de cotización de los últimos meses lo cotizado por ambas empresas.
Nada impide que un afectado por un ERE de suspensión trabaje en otro empleo mientras dure la suspensión. Ahora bien, ese nuevo empleo no podrá suponer una competencia desleal para su antigua empresa.
Información obtenida de http://lite.indicator.es/laborales/

Nuevo llamado a la acción

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La empresa de un conocido suyo está inmersa en un ERE de suspensión de contratos. Y uno de los emple...

24/02/2014
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