Entiende El TS que la hospitalización que da derecho al permiso requiere internamiento del enfermo en el centro sanitario con sometimiento al régimen de vida de la institución durante al menos una noche, a diferencia del supuesto de la intervención que no requiere de tal ingreso, sino únicamente reposo en el propio domicilio. Admitir lo contrario, equivaldría a generar un permiso cada vez que un centro hospitalario dispensase una atención médica.
La cuestión debatida consiste en determinar qué tipo de hospitalización que da derecho a los trabajadores a obtener dos días hábiles de permiso cuando tal hospitalización se produce respecto de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Señala la Sala que el término «hospitalización» que utiliza el Convenio es el mismo que el empleado por el art.34.3 ET. Tanto el convenio como el ET reconocen el derecho del trabajador a dos días de permiso retribuido (naturales en la ET y hábiles en la redacción del convenio) cuando un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad es hospitalizado y en ambos casos, aplicando los diferentes criterios de interpretación, entiende que por hospitalización debe entenderse el ingreso del enfermo en un centro sanitario (clínica u hospital) para que pueda recibir el tratamiento adecuado a su dolencia. Añade que, aunque en la actualidad los hospitales pueden prestar y prestan asistencia sanitaria de formas diferentes, de suerte que no todas ellas exigen del ingreso del enfermo en el centro hospitalario.
No obstante, el término hospitalización implica el internamiento del paciente en el establecimiento sanitario con sometimiento del enfermo al régimen de vida de la institución en la que permanece internado y, en modo alguno, comprende los diferentes tratamientos y atenciones que prestan que no requieren de tal internamiento. Además, tanto la Ley como el convenio, han previsto el permiso por intervención quirúrgica que, sin precisar hospitalización, requiera reposo domiciliario.
De esta forma, se deja más claro aún que la hospitalización requiere internamiento del enfermo en el centro sanitario para estar ingresado un determinado tiempo, a diferencia del supuesto de la intervención que no requiere de tal ingreso, sino únicamente reposo en el propio domicilio.
Si se admitiese los contrario equivaldría a generar un permiso cada vez que un centro hospitalario dispensase una atención médica lo que no sólo sería absurdo sino que iría contra la lógica de los propios preceptos que se analizan que, al margen de la hospitalización, únicamente consideran causante del permiso una concreta y específica atención hospitalaria: la intervención quirúrgica que no requiera ingreso hospitalario, pero sí reposo domiciliario.
Hay un voto particular, en el que interpretando el convenio colectivo en atención a su espíritu y finalidad de la norma y a la literalidad de las palabras entiende que el recurso de casación debió de ser estimado. La magistrada discrepante considera que, al contrario de lo que indica el parecer mayoritario de la sala, si el paciente recibe el alta antes de agotarse el permiso obtenido por el familiar, éste quedaría agotado automáticamente.
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STS (SOCIAL) DE 15 JULIO DE 2020. EDJ 2020/618592
Fuente: ADN Social
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