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Redactado por: El Derecho
22 de agosto de 2012

Las gratificaciones y premios no se pueden reducir o suprimir a los trabajadores que reducen jornada para cuidar a menores

Los servicios jurídicos de UGT logran una importante sentencia que reconoce el derecho a percibir gratificaciones y premios de forma íntegra.

En una sentencia reciente, el Juzgado de lo Social Nº 8 de Madrid se ha pronunciado favorablemente a la reclamación de UGT para que se reconozca el derecho de una trabajadora dependienta en una cadena de perfumería de alta gama, con jornada reducida por guarda legal de un hijo menor, a percibir, en su totalidad e integridad, los premios y gratificaciones que la empresa tiene establecidos para el resto de los trabajadores que forman la plantilla.

Esta sentencia viene a fijar como criterio, en la exposición de los fundamentos de derecho, que un trabajador con reducción de jornada por guarda legal de un menor no puede verse perjudicado, limitados o menoscabados sus derechos de acuerdo con la exposición de motivos de la ley que introdujo los cambios en el artículo 37 de El Estatuto de los Trabajadores, en relación con la reducción de jornada por guarda legal "para que los trabajadores puedan participar de la vida familiar, dando un nuevo paso en el camino de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres" "…. Tratando además de guardar un equilibrio para favorecer los permisos de maternidad y paternidad sin que ello afecte negativamente a las posibilidades de acceso a puestos de especial responsabilidad de las mujeres".

En definitiva, una sentencia que tutela y protege este derecho que tiene como finalidad promover la conciliación de las obligaciones familiares y profesionales sin que las trabajadoras, que en su mayoría son las más afectadas, se vean perjudicadas laboral y profesionalmente.

Más allá de la cantidad reclamada y que la empresa tiene que abonar a esta trabajadora, lo importante de la resolución judicial es que reconoce que los trabajadores y las trabajadoras tienen derecho a percibir la totalidad de los premios y gratificaciones establecidas por la empresa o el convenio colectivo correspondiente y en igualdad de condiciones con el resto de la plantilla.

Una sentencia que, para los servicios jurídicos de UGT Madrid, es un avance en un contexto de fuerte retroceso de los derechos de los trabajadores como consecuencia de la Reforma Laboral y del abuso manifiesto que muchos empresarios están haciendo amparándose, fraudulentamente, en ella.

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Las gratificaciones y premios no se pueden reducir o suprimir a los trabajadores que reducen jornada para cuidar a menores

Los servicios jurídicos de UGT logran una importante sentencia que reconoce el derecho a percibir gratificaciones y premios de forma íntegra.

22/08/2012
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