El Gobierno de Mariano Rajoy prevé rebajar los aranceles que cobran los registradores de la propiedad con el fin de impulsar las operaciones de saneamiento bancario y la reestructuración de entidades financieras y con el objeto de fomentar el acceso a la vivienda habitual favoreciendo la subrogación y la modificación de los préstamos.
Así consta en el borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros, al que ha tenido acceso Europa Press, y que está siendo sometido a consultas con distintos colectivos, con lo que está sujeto a cambios.
El Ejecutivo ha aprovechado este texto para incluir una reforma de la actual Ley Hipotecaria, que data de 1946, e introducir mejoras que ayuden a reactivar el sistema financiero y a estimular el mercado inmobiliario.
A medidas de flexibilización del alquiler o de exenciones fiscales en ventas de viviendas, se suma ahora la posibilidad de aplicar un descuento en los aranceles a pagar en las operaciones relativas a la inscripción de actos y contratos sobre bienes inmuebles.
El borrador modifica el artículo 294 de la Ley Hipotecaria determinando que "podrán establecerse reglamentariamente beneficios arancelarios de carácter especial con objeto de fomentar el acceso a la vivienda habitual y su financiación, favoreciendo la subrogación de entidades acreedoras y la modificación de los créditos, e impulsar operaciones de saneamiento y reestructuración de entidades financieras". Las Administraciones Públicas gozarán de una exención arancelaria en las operaciones cuyos costes soporten.
En general, las escalas y tarifas se determinarán en atención al coste de cada operación y a la responsabilidad que conlleve, al nivel que permita la cobertura de los gastos de funcionamiento y de conservación de las oficinas en que se realice la actividad de los registradores, incluida su retribución profesional.
Memoria económico-financiera
Según figura en el texto, el arancel por el que los registradores cobrarán sus honorarios será aprobado por el Gobierno, previo informe del Consejo de Estado y mediante un real decreto a "propuesta conjunta de los ministros de Justicia y Hacienda" y acompañado por "una memoria económico-financiera". En la actualidad, la norma establece que solo el Ministerio de Justicia aprueba el correspondiente arancel.
En el borrador también se precisa que los registradores "sufragarán íntegramente los costes derivados de la prestación del servicio público registral, quedando afectados los honorarios arancelarios que perciban a la cobertura directa de los gastos de gestión, funcionamiento y conservación de las oficinas registrales, así como a su retribución profesional".
La exposición de motivos destaca otros elementos de "innegable relevancia" que introduce la nueva ley como es la "inaplazable" coordinación entre el Catastro y el Registro a través de un sistema de comunicación bidireccional entre ambas instituciones desde el respeto a sus respectivas funciones, la minuciosa regulación de la calificación y constancia registral de las cláusulas de hipoteca, la inclusión en la oferta vinculante formulada por las entidades de crédito de la posibilidad de limitar la responsabilidad del deudor a solo el importe de los bienes hipotecados, "con exclusión de la responsabilidad patrimonial universal del deudor".
El Gobierno defiende que estas novedades están dirigidas a reforzar la seguridad del tráfico jurídico haciendo uso de la integración institucional y la aplicación de nuevos sistemas de gestión registral electrónica.
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