Que tenga la matrícula no es un requisito indispensable pudiendo ser probado por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
El derecho a deducción sigue existiendo incluso cuando, el sujeto pasivo no haya podido utilizar los bienes y servicios que la dieron lugar.
Deben ser objeto de denegación –que no de inadmisión- cuando, contestado el requerimiento para completar esa acreditación, este hecho no haya quedado probado.
Si no eres usuario de QMemento y quieres solicitar una prueba gratuita, rellena los datos del formulario.
Si no eres usuario del portal y quieres acceder al contenido indica tu email.