Vendió por precio inferior a su valor real los activos que quedaban, pagando todas las deudas sociales menos una.
La responsabilidad del administrador no se genera por el hecho de que se haya incumplido el contrato, ni tampoco por el fracaso de la empresa.
La inscripción del cese del administrador no es constitutiva por lo que frente a terceros de actuaciones u omisiones posteriores al cese, aunque sean anteriores a su inscripción en el Registro Mercantil.
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