Solo ante circunstancias excepcionales el juez puede nombrar liquidador a un tercero, soslayando el régimen legal de conversión automática de administradores en liquidadores.
La presencia del representante de un socio-administrador, por si sola, no convalida la conformidad con la convocatoria.
Si no eres usuario de QMemento y quieres solicitar una prueba gratuita, rellena los datos del formulario.
Si no eres usuario del portal y quieres acceder al contenido indica tu email.