Se reconoce la legitimación activa de uno de los cotitulares antes de la partición de la herencia ya que no ha reclamado la posesión de la vivienda únicamente a su favor y con exclusión de los demás interesados en la comunidad postganancial.
El TS determina que cuando la sociedad de gananciales se disuelve por fallecimiento de un cónyuge, la liquidación de la sociedad es un acto previo y necesario para fijar el haber partible, y la falta de la misma puede suponer, en la mayoría de los casos, la nulidad de la partición.
Diferentes tipos y formas.
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