Se imputan al período impositivo en el que se produjo el fallecimiento y no al período impositivo en el que la sentencia judicial adquiera firmeza.
Se ha publicado en el BOE, con vigencia de 8-8-2020, el RD 738/2020, por el que se modifican el Reglamento de planes y fondos de pensiones y el RD 1060/2015, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, con el objeto de mejorar la supervisión, transparencia e información de los fondos de pensiones de empleo.
El RDL 15/2020, con efectos a partir del 23-4-2020, desarrolla la medida ya aprobada por el RDL 11/2020 relativa a la ampliación de las contingencias en las que se pueden hacer efectivos los derechos consolidados de los planes de pensiones, estableciendo las condiciones y términos en los que se podrán hacer efectivos los derechos consolidados y regulando, entre otras cuestiones, la acreditación de las circunstancias que dan derecho a la disponibilidad de los planes, el plazo al que se vinculan dichas circunstancias y el importe máximo del que se puede disponer.
Señala la DGT que, a efectos de la posible aplicación de la reducción en caso de cobro anticipado de un plan de pensiones por desempleo de larga duración, este supuesto excepcional de liquidez debe entenderse producido en el momento del cumplimiento del conjunto de los requisitos exigidos por la normativa de planes de pensiones para poder hacer efectivos los derechos consolidados.
El TS declara que es necesaria la calificación previa del INSS para la exención de las pensiones de incapacidad recibidas en el extranjero.
Nuevo sistema de cálculo de la pensión de jubilación
MADRID, 22 Abr. (EUROPA PRESS) - Los partidos políticos coinciden en eliminar el índice de revalo...
Me gusta el empuje que demuestra la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para salvar el sistema de pensiones. Lástima que cuanto considera necesario para ello –nada de lo cual es nuevo—no es fácil que pueda hacerse o, si se hace, que sea aceptado de buen grado por la ciudadanía.
En el año anterior he rescatado un plan de pensiones en forma de Capital y el banco me ha dado un Certificado en el que viene una parte exenta y me gustaría saber exactamente como han calculado esta parte, que tengo que declarar yo y en que parte de la declaración debo hacerlo.
No es fácil encontrar una solución para el problema que actualmente tiene el sistema de pensiones de la Seguridad Social. No lo es porque no se quiere aceptar la realidad de la situación. Lo más generalizado está siendo responsabilizar de la situación al Gobierno. Más que por no encontrar el modo de asegurar la pervivencia del sistema, por no aumentar el importe de las prestaciones existentes.
Si no eres usuario de QMemento y quieres solicitar una prueba gratuita, rellena los datos del formulario.
Si no eres usuario del portal y quieres acceder al contenido indica tu email.