Los jueces de primera instancia han acordado que considerarán "abusivas" las cláusulas de los contratos de préstamo o créditos garantizados con hipoteca suscritos por consumidores que establezcan un interés moratorio que exceda del triple del interés legal del dinero al tiempo de celebración del contrato.
La sección tercera de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado parte de una sentencia del juzgado de primera Instancia número 4 de Castellón, que estima la demanda de una cliente y declara la nulidad de un contrato de participaciones preferentes concertado por ésta con Bankinter, entidad a la que obliga a indemnizar a la perjudicada con 24.000 euros por los daños y perjuicios causados.
Desde el 1 de septiembre también podrán acceder a la notificación electrónica el resto de 215 municipios que han revisado sus valores
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