El uso de un patinete eléctrico por una vía interurbana no constituye por sí mismo imprudencia temeraria ni rompe la calificación del accidente como laboral.
Se absuelve del delito de conducción sin permiso al conductor de un patinete eléctrico, al no considerarlo ciclomotor, dada la absoluta ausencia de descripción en los hechos probados de las condiciones y características del vehículo.
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