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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
18 de octubre de 2016

Sociedad en formación: Consideración como contribuyente

La AN confirma Resolución del TEAC al entender que si no se produce la inscripción en el Registro Mercantil la sociedad no adquiere personalidad jurídica, y por tanto no es contribuyente del IS, con lo que le es aplicable el régimen de atribución de rentas.

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Se centra la controversia judicial en si la entidad tenía personalidad
jurídica y por tanto era contribuyente del IS en el año de su constitución, como
alega la entidad, o si debía tributar por el régimen de atribución de rentas, como
alega la Administración tributaria.

En diciembre de 2006 se otorga escritura pública de constitución
de una entidad, solicitando para ella el NIF provisional a la Administración tributaria.
En ese mismo mes se presenta la escritura para su inscripción en el Registro Mercantil
que la califica de defectuosa, sin que se impugne dicha calificación.

En mayo de 2007 se otorga escritura de subsanación, lo que permite
finalmente la inscripción de la entidad. El primer asiento de presentación fue anulado
por la Registradora Mercantil.

Con estos antecedentes entiende la Sala que, partiendo de la
normativa mercantil y de la interpretación de la misma efectuada por el Tribunal
Supremo, la inscripción en el Registro Mercantil es determinante para la adquisición
de la personalidad.

Así, aunque existe la posibilidad de que la sociedad realice
actividades y constituya relaciones jurídicas antes de la inscripción, y sus consecuencias
están reguladas por Ley para amparar a terceros, en ningún caso se trata de actividades
sociales, sino de un ente en formación sin personalidad jurídica. Estas actividades
se validan posteriormente cuando se realice la inscripción.

La normativa del IS con carácter general considera contribuyentes
del IS a las personas jurídicas.

Por tanto, en el presente caso, al haberse anulado el primer
asiento de presentación efectuado en el ejercicio de constitución (2006), se considera
que la entidad no adquiere personalidad jurídica y por tanto no es contribuyente
del IS hasta el ejercicio siguiente (2007). En el ejercicio 2006 le resulta de aplicación
el régimen de atribución de rentas.

SAN Sala de lo Contencioso-Administrativo de 3 marzo 2016. EDJ2016/32597

Fuente: ADN Fiscal

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Sociedad en formación: Consideración como contribuyente

La AN confirma Resolución del TEAC al entender que si no se produce la inscripción en el Registro Mercantil la sociedad no adquiere personalidad jurídica, y por tanto no es contribuyente del IS, con lo que le es aplicable el régimen de atribución de rentas.

18/10/2016
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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