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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
1 de febrero de 2023

Responsabilidad patrimonial por choque de automóvil contra roca en la vía

La Administración titular de una carretera es la responsable de los daños sufridos por un turismo que chocó contra una piedra que se hallaba en mitad de dicha vía, tras haberse desprendido de un talud ubicado al lado de la carretera.

La Administración titular de una carretera es la responsable de los daños sufridos por un turismo que chocó contra una piedra que se hallaba en mitad de dicha vía, tras haberse desprendido de un talud ubicado al lado de la carretera.

El demandante alegó que en este caso se cumplen todos los requisitos para la responsabilidad de la Administración, al ser la causa principal del accidente la existencia de un obstáculo en la vía, que fue lo que provocó el daño individualizado y evaluable económicamente, y existiendo responsabilidad de la Xunta de Galicia como titular de la vía, a la que le corresponde mantener su viabilidad en condiciones de seguridad para los usuarios.

En este caso el informe de la Policía Local indica que nada pudo hacer la conductora para evitar la colisión, y que ya habían existido quejas anteriores de otros usuarios.

Entiende el ahora recurrente que es un supuesto en el que la Administración no cumplió con los estándares de calidad exigibles para garantizar la seguridad del tránsito por esa vía, evidenciándose la falta de medidas para evitar los desprendimientos en el talud de la carretera, o la adopción de medidas como una malla de seguridad, que pudieran haber evitado el siniestro de que se trata.

La Administración no discutió la producción del hecho, sino que atribuyó la responsabilidad tanto a las condiciones meteorológicas como a la imprudencia de la conductora al no extremar las precauciones.

Señala el TSJ que la titular de la vía es la responsable de los daños ocasionados por el choque de un automóvil con una roca que se encontraba en el medio del camino. Así, la prueba indica que ella es la responsable del mantenimiento de la carretera, y que la causa principal del accidente fue la piedra desprendida del talud.

Además, no existe ningún indicio que señale la culpa de la conductora, ya que no se sabe si estaba circulando con una velocidad inadecuada, dado que el hecho ocurrió de noche, con un clima desfavorable.

Por tanto, la Sala declara la responsabilidad patrimonial en el accidente de autos de la Xunta de Galicia, Conselleria de Infraestruturas e Mobilidade, condenando a la misma a indemnizar a los perjudicados.

STSJ GALICIA (CONTENCIOSO) DE 15 NOVIEMBRE DE 2022. EDJ 2022/748919

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Responsabilidad patrimonial por choque de automóvil contra roca en la vía

La Administración titular de una carretera es la responsable de los daños sufridos por un turismo que chocó contra una piedra que se hallaba en mitad de dicha vía, tras haberse desprendido de un talud ubicado al lado de la carretera.

01/02/2023
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