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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
3 de febrero de 2017

Responsabilidad civil profesional del abogado

La AP considera que la carga de la prueba de la falta de diligencia en la prestación profesional, del nexo de causalidad con el daño producido y de la existencia y alcance de éste, corresponde a quien demanda la indemnización por incumplimiento contractual, produciéndose la falta de responsabilidad cuando no se prueba que la defectuosa actuación del letrado disminuye en un grado apreciable las oportunidades de éxito de la acción.

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El abogado llevó la defensa de su clienta en el procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales tras obtener esta la sentencia de divorcio, incluyendo en el inventario bienes y derechos por importe superior a 300.000€, a sabiendas de que eran privativos de su ex cónyuge, provocando la condena en las costas del procedimiento de su defendida.

La Audiencia Provincial confirma la sentencia de Instancia, pues a pesar de que hubiera sido la clienta quien insistió en la necesidad de incluir dichos bienes, el letrado debía saber que eran privativos, y hubiera debido informar adecuadamente a su cliente de lo establecido en el Código Civil respecto de la ganancialidad de los bienes y de la prueba que debe practicarse al respecto.

Por tanto, su pretensión de inclusión en el activo del inventario, constituye una evidente negligencia del letrado, que nunca puede imputarse al cliente, a menos que hubiese salvado su responsabilidad o hubiera recibido información errónea impidiendo la correcta defensa de sus pretensiones.

Además, respecto al motivo invocado de que la demandante gozaba del beneficio de justicia gratuita en primera instancia, la AP recuerda que ello no es razón suficiente para exculpar al letrado por su falta de diligencia, pues el letrado designado por el turno de oficio puede oponerse a defender pretensiones insostenibles. 

Para que prospere la acción sobre responsabilidad civil del abogado se exige la concurrencia de los siguientes requisitos (TS 1-7-16, EDJ 104597):

– incumplimiento de sus deberes profesionales;

– prueba del incumplimiento;

– existencia de un daño efectivo consistente en la disminución cierta de las posibilidades de defensa;

– existencia del nexo de causalidad, valorado con criterios jurídicos de imputación objetiva; y

– fijación de la indemnización equivalente al daño sufrido o proporcional a la pérdida de oportunidades.

SAP Salamanca de 21 septiembre 2016. EDJ 2016/180992

Fuente: ADN Jurídico 

 

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Responsabilidad civil profesional del abogado

La AP considera que la carga de la prueba de la falta de diligencia en la prestación profesional, del nexo de causalidad con el daño producido y de la existencia y alcance de éste, corresponde a quien demanda la indemnización por incumplimiento contractual, produciéndose la falta de responsabilidad cuando no se prueba que la defectuosa actuación del letrado disminuye en un grado apreciable las oportunidades de éxito de la acción.

03/02/2017
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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