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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
26 de marzo de 2025

¿Procede devolver el precio cuadro robado adquirido en subasta?

No se puede imponer al originario propietario el reembolso del precio pagado y los gastos realizados si no tiene interés en el cuadro.

La entidad actora, dedicada a la compraventa de obras de arte, adquiere un cuadro en subasta y procede a su restauración. Al intentar revender la obra, se descubre que había sido robada y, tras ser retirada de la subasta, es intervenida por la policía. El propietario original se convierte en depositario del cuadro. La demandante, sin interés en recuperar el lienzo, reclama el precio pagado y los gastos de restauración.

La demanda es desestimada en primera instancia, pero la Audiencia estima el recurso de apelación. La parte demandada recurre al Tribunal Supremo.

El TS estima el recurso y señala que la posesión de bienes muebles adquirida de buena fe equivale al título dominical (art. 464 CC), lo que en principio correspondería a la sociedad demandante. Sin embargo, el propietario original, que ha perdido la cosa o ha sido privado de ella ilegalmente, puede reivindicarla de quien la posee. En este caso, no se ha ejercido tal acción reivindicatoria por parte de la demandada.

Solo mediante el ejercicio de la acción reivindicatoria, y si esta es procedente, el propietario original podría obtener la restitución de la cosa sin reembolsar el precio al adquirente de buena fe. Dado que el propietario original no ha reclamado su titularidad dominical y reconoce poseer el cuadro como mero depositario, la demandante, aunque sea adquirente de buena fe, no puede exigir el abono del precio de compra y las reparaciones realizadas.

Sin embargo, la sociedad demandante tiene derecho a solicitar la entrega del cuadro a los herederos depositarios y, si no se atiende a tal pretensión, puede interesarla en el proceso civil correspondiente.

STS (Civil) de 14 enero de 2025. EDJ 2025/501648

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¿Procede devolver el precio cuadro robado adquirido en subasta?

No se puede imponer al originario propietario el reembolso del precio pagado y los gastos realizados si no tiene interés en el cuadro.

26/03/2025
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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