LEFEBVRE
Redactado por: Espacio Asesoría
19 de mayo de 2026

Mantenimiento de la pensión compensatoria tras la jubilación

La Audiencia Provincial de Baleares confirma una pensión compensatoria vitalicia tras 15 años de separación al no acreditarse cambios sustanciales en la economía de los exesposos.

La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado el recurso de un hombre que solicitaba extinguir la pensión compensatoria que abonaba a su exmujer desde hace 15 años. El tribunal mantiene la vigencia de la cuantía fijada originalmente en 2010 y ratificada en la sentencia de divorcio de mayo de 2025. El recurrente argumentaba que el tiempo transcurrido, la incorporación laboral de ella y su propia jubilación, con unos ingresos de 1.354,23 euros, justificaban el fin de la prestación.

Sin embargo, los magistrados consideran que no se ha probado una alteración sustancial de las circunstancias. Aunque el hombre alegó un empeoramiento económico tras jubilarse, el tribunal recuerda que en el convenio original se pactó una cuantía vitalicia de 200 euros mensuales tras un primer año de 400 euros. Al no acreditarse cuáles eran sus ingresos exactos en el momento de la separación, pero deduciéndose que eran elevados por las cargas que asumió, la pensión actual de jubilación se considera suficiente para seguir cumpliendo con lo pactado.

La importancia de probar el cambio de circunstancias

Para que una pensión compensatoria vitalicia se extinga, debes demostrar que la situación económica de una de las partes ha cambiado de forma drástica y permanente. En este caso, el tribunal subraya que el recurrente percibe ingresos regulares y no ha justificado que la situación de la demandante haya mejorado lo suficiente como para invalidar la necesidad de la prestación. La justicia entiende que los pactos alcanzados en los convenios de separación deben respetarse a menos que exista una prueba sólida de desequilibrio sobrevenido.

Esta resolución, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, refuerza la idea de que la jubilación por sí sola o el simple paso del tiempo no son causas automáticas de extinción si existe un acuerdo previo de carácter vitalicio. Si te encuentras en una situación similar, es fundamental contar con un análisis detallado de la evolución de ingresos de ambas partes desde la firma del convenio original.

Para profundizar en la regulación de estas prestaciones y los criterios de modificación de medidas, puedes consultar el Memento Familia de Lefebvre, donde encontrarás toda la información jurídica actualizada sobre crisis matrimoniales y pensiones.

Mantenimiento de la pensión compensatoria tras la jubilación

La Audiencia Provincial de Baleares confirma una pensión compensatoria vitalicia tras 15 años de separación al no acreditarse cambios sustanciales en la economía de los exesposos.

19/05/2026
Redactado por: Espacio Asesoría
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